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La justicia tumba el intento del CIE de Madrid de restringir visitas sólo a los internos que las solicitan

La magistrada del Juzgado de Instrucción número 19 de Madrid ha pedido al director de Centro de Internamiento de Extranjeros (CIE) de Aluche que no restrinja las visitas de miembros de ONG a los internos. Así consta el auto, al que ha tenido acceso Europa Press, y emitido a raíz de un escrito de representantes de las ONG Pueblos Unidos-Servicio Jesuita a Inmigrantes, SOS Racismo y Karibu.

En el texto, las ONG exponían que «la Dirección del CIE ha modificado, unilateralmente y sin previo aviso, las condiciones para llevar a cabo las visitas de las ONG a los internos restringiéndose a aquellas personas que pidan expresamente ser visitadas» y «obligándoles a pedirlo expresamente para cada una de las visitas que quieran recibir».

A juicio de las asociaciones, según recoge el mismo medio, la actitud del centro, dependiente del Ministerio del Interior, «supone un obstáculo para la labor humanitaria que realizan, pues incluso las personas que han sido visitadas y quieran ser visitadas al día siguiente deben solicitarlo de nuevo por escrito».

«El CIE ha incumplido su propia normativa»

El juzgado se remonta a un auto de hace más de seis años, en 2011, en el que, «con el fin de garantizar los derechos fundamentales» de los internos, se fijó un marco para el derecho de visitas de las ONG refrendado por la propia dirección del CIE en aquel mismo año.

Por todo ello, la magistrada requiere al director del CIE que dé cumplimiento a su propio oficio del 1 de marzo de 2011 en el que se establecían las normas de gestión de visitas de las ONG a internos «dejando inmediatamente sin efectos las medidas adoptadas consistentes en la modificación de las condiciones de visitas de las ONG».

Las asociaciones señalan en un comunicado que con esta «absurda decisión» la Dirección del CIE «ha incumplido su propia normativa, vulnerando los derechos de los internos y de las ONG en su labor humanitaria».

Recuerdan que el derecho de acceso de las organizaciones para visitar a las personas internadas en los CIE está contemplado en el artículo 62 de la Ley de Extranjería, desarrollado en el reglamento de los CIE, según recoge el mismo medio.

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E.B.

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