Ayuntamiento de Madrid
El citado juzgado ha dado así la razón a UGT, que presentó un recurso contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid que retiró las calles de Francisco Largo Caballero y de Indalecio Prieto y la placa conmemorativa a Largo Caballero en el distrito de Chamberí.
El sindicato, recuerda en una nota, procedió a interponer una querella contra el consistorio “por delitos contra el patrimonio y por prevaricación administrativa, inadmitiéndola por parte del Juzgado de Instrucción número 26 de Madrid”. Una decisión que recurrió en apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que la admitió en diciembre de 2021.
Para UGT, la sentencia favorable por parte del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 30 de Madrid es una “noticia muy relevante en la defensa de la memoria de la figura histórica del sindicalismo español e internacional que encarnan tanto Francisco Largo Caballero como Indalecio Prieto”. Además, “ante la grave actuación del Ayuntamiento de Madrid, con la connivencia de los partidos políticos de Vox, PP y Cs, que decidieron retirar el nombre de Largo Caballero y de Prieto de las calles de Madrid, y retirar y destruir la placa que, en homenaje al primero de ellos, estaba colocada en la fachada de la Junta de Distrito de Chamberí”.
La sentencia también recoge, destaca el sindicato, que Largo Caballero e Indalecio Prieto no exaltaron la sublevación militar contra el Gobierno legítimo y constitucional de la II República, ni fomentaron o apoyaron el golpe de Estado, así como tampoco exaltaron la represión de la Dictadura, ya que ambos murieron en el exilio, por lo que en ningún caso entran en los supuestos previstos en el artículo 15 de la Ley de Memoria Histórica de 2007, de Zapatero.
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