Comunidad de Madrid

La jueza ordena a la UCO a investigar el caso de la pareja de Ayuso

En el auto sobre la pieza separada que aborda un presunto delito de corrupción en los negocios y administración desleal, fechado este viernes y al que ha tenido acceso Europa Press, la jueza da cinco días para interponer recurso de apelación.

La Fiscalía pedía la participación de la UCO “atendiendo a la complejidad y el carácter interprovincial de la trama aparentemente delictiva”. En el auto se indica, en base a las comprobaciones de la Agencia Tributaria, la sociedad Maxwell Cremona Ingeniería y Procesos Sociedad para el Fomento del Medio, de la que González Amador es socio y administrador único, en los años 2020 y 2021 “registró un incremento de sus ingresos por la intermediación en una operación de venta de material sanitario y por la percepción de cuantiosos ingresos facturados a su principal cliente, Quirón Prevención SL”.

En el apartado de fundamentos de derecho, el auto recoge que el 4 de diciembre de 2020, Maxwell compró por casi medio millón de euros la sociedad Círculo de Belleza SL a la esposa de un alto directivo de Quirón Prevención–, “la cual carecía de valor”. En septiembre de ese año la mujer, con un 60% de las participaciones, había comprado el 40% restante a su marido y a su hermano por 8.000 euros para cada uno de ellos, esto es, según el auto, la venta de la sociedad se produjo “por un precio considerablemente inferior ya que en tres meses el valor de la participación tuvo un incremento superior al 1.000%”.

De las declaraciones de los investigados, el fiscal argumentó que se desprendía que González Amador “no pagó casi medio millón de euros (a la esposa del alto directivo) porque iba a obtener algo de una sociedad que carecía de actividad, medios personales y materiales existiendo indicios de que esta operación se llevó a cabo para retribuir la intermediación entre FCS y MAPE o por el incremento de la facturación recibida de Quirón Prevención”.

En concreto, en el año 2020 Maxwell percibió 1,9 millones de euros –consta una factura del 5 de mayo por 834.320 euros y otra del 5 de agosto por 1,1 millones– en concepto de ‘comercialización clientes’ por la intermediación en la venta por FCS Select Products SL de material de protección sanitaria a la mercantil MAPE Asesores SA, recoge la citada agencia.

“Sociedad instrumental”

Además en el informe de inspección se detectó en octubre de 2022 que Círculo Belleza SL, que pasaría a ser la mercantil Masterman & Whitaker, no era más que “una sociedad instrumental, constituida y utilizada por Maxwell para trasladar ficticiamente parte de la actividad desempeñada y contratada frente a Quirón Prevención SL, simulando que es aquella la prestadora de los servicios cuando se acreditó que no cuenta con los medios personales ni materiales adecuados para tal fin”.

Para instrumentalizar esta traslación, Maxwell firmó el 15 de diciembre de 2021 con Masterman SL y Quirón Prevención un contrato por el que la primera cedía a la segunda parte de un contrato denominado ‘Gran Cuenta’, firmado con Quirón. Al día siguiente Maxwell transmite todas sus participaciones a Masterman, “en favor de Alberto González Amador, quien desde dicha fecha es socio único y administrador único de dicha sociedad pudiendo disponer libremente de los fondos que quedasen remansados en aquella”.

De todo ello la inspección dedujo que se trató de “una simulación de los servicios prestados” haciendo que Masterman SL aparezca como la verdadera prestadora de los servicios profesionales facturando por ellos “cuando se acredita que carece de los medios humanos y materiales necesarios”. “Maxwell SL es la auténtica prestadora de los servicios y quien debió facturar directamente a Quirón Prevención el importe de la prestación”, recogen.

Por todo ello y como indica la Fiscalía, el juzgado atiende “la complejidad de la investigación de los hechos y el carácter interprovincial de la trama supuestamente delictiva”, por lo que procede acordar oficiar a la UCO a que investigue los hechos y “lleve a cabo las gestiones necesarias para determinar si el producto de dichas actividades presuntamente delictivas se ha transformado o se ha disimulado para ocultar el origen ilícito”.

 

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E.B.

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