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La jueza envía a juicio a Íñigo Errejón por un presunto delito leve de maltrato

En un auto con fecha de 25 de julio, la magistrada ha decidido transformar el procedimiento de un presunto delito de lesiones a uno leve de maltrato en base al informe médico forense realizado en la causa. «Los hechos hasta ahora investigados pueden revestir el carácter de delito leve de maltrato (…) sin que se haya acreditado la existencia de un delito de lesiones a la vista del informe médico forense», indica.

La jueza recuerda que en ese informe se deja constancia de que no se considera acreditada la existencia de lesiones traumáticas agudas derivadas de la agresión física que fue descrita como «patada con impacto con planta del pie en región baja abdominal». Por eso, al no estimar lesiones, lo transforma en delito leve de maltrato.

Este tipo de delito está previsto en el artículo 147.3 del Código Penal y se refiere al que golpee o maltrate de obra a otro pero sin causarle lesión. Según la normativa, es castigado con penas de multa de uno o dos meses.

Errejón no ha recurrido

La vista contra Errejón se celebrará en los juzgados de Plaza de Castilla, en una fecha que aún está por determinar, ya que al ser un delito leve no se ve afectado el aforamiento que goza como diputado del Congreso. En concreto, la jueza indica que de acuerdo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, éste no es competente para el conocimiento del delito leve.

Recuerda además que el enjuiciamiento corresponde al juez de instrucción y que la persona sometida a este procedimiento de delitos leves «tampoco recibe la denominación de procesado, inculpado, imputado o investigado, sino la de denunciado».

Apunta además que contra esta resolución cabe recurso de reforma en el plazo de tres días o de apelación en el plazo de cinco días. Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press, indican que la defensa de Errejón no ha recurrido este auto por lo que está conforme con la resolución.

Tres meses de investigación

Esta decisión llega tres meses y medio después de que el vecino de 67 años presentara denuncia ante la Comisaría Centro de Madrid. El hombre aseguró a las autoridades policiales que Errejón le propinó una patada que ha tenido consecuencias en su salud, en concreto, en la hernia inguinal que dice tener por un cáncer de colon.

En el marco de las pesquisas, la magistrada tomó declaración al denunciante y a uno de los testigos. Fuentes presentes en el interrogatorio aseguraron a Europa Press que ambos ratificaron la declaración que prestaron en sede policial.

Asimismo, la titular del juzgado llegó a dirigirse al Congreso para pedir que acreditara la condición de diputado de Errejón y reclamó a la Policía Científica que realizara un análisis «exhaustivo» de las imágenes recogidas por las cámaras de seguridad que grabaron la presunta agresión del dirigente al vecino de Lavapiés.

Ahora que ha acordado transformar el procedimiento a un delito leve de maltato, la magistrada no tiene la obligación de elevar exposición razonada al Tribunal Supremo para que investigue a Errejón en calidad de aforado.

En su auto, solicita además las partes que se pronuncien sobre el argumento de la defensa de Errejón que apuntaba a que sería causa de abstención o recusación que la jueza hubiera participado en la instrucción.

Durante una rueda de prensa en el Congreso tras conocerse la denuncia, el diputado de Más País negó haber agredido al vecino de Lavapiés. «La acusación que se me dirige es falsa y yo, faltaría más, estoy a disposición de cualquier información oficial que se me requiera», dijo Errejón tras reconocer que el denunciante, junto a otras personas, se le acercó aquella noche para pedirle una foto y le «comenzaron a gritar» y a insultarle.

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E.B.

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