Tribunal Constitucional
En un escrito de 21 folios firmado este lunes, al que ha tenido acceso Europa Press, el fiscal Pedro Crespo ha asegurado que los razonamientos que expone la sentencia del Supremo se ajustan a la doctrina que emana de la jurisprudencia constitucional.
El representante del Ministerio Público ha insistido en que los pronunciamientos anteriores del Constitucional “no permiten reconocer la existencia de un derecho incondicionado, basado en la mera voluntad manifestada de los interesados, a la revisión por las Juntas Electorales de los votos declarados nulos y no protestados, ni sostener que tal supuesto derecho forma parte del contenido esencial del derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a los cargos públicos representativos”.
Así las cosas, la Fiscalía ha entendido que la decisión del Supremo no vulnera el derecho fundamental de los socialistas.
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