Sede de Aena
En concreto, la CNMC ha aprobado la Propuesta de Informe en relación con el segundo Documento de Regulación Aeroportuaria (DORA II) para el periodo 2022-2026, en el ámbito de sus funciones reguladoras del sector aeroportuario.
El DORA es el instrumento a través del cual se definen las condiciones mínimas necesarias para que las compañías aéreas puedan acceder a las infraestructuras aeroportuarias (pistas de aterrizaje, terminales, etc) y a una serie de servicios básicos (limpieza, seguridad, handling) de la red de aeropuertos de Aena.
Este documento se define cada cinco años e incluye también una previsión de las tarifas que las compañías aéreas deberán pagar a AENA por la utilización de ciertos servicios. Dichas tarifas se repercuten posteriormente en los billetes de los viajeros a través de las llamadas tasas aeroportuarias.
El informe de la CNMC informe es previo a la elaboración del Documento que la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) elevará a aprobación del Consejo de Ministros. La CNMC, como autoridad independiente, analiza la propuesta que Aena ha consultado con las asociaciones de aerolíneas.
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