Economía

La CEOE ve “trilera” la propuesta del Gobierno para compensar el alza del salario mínimo

En un comunicado, las organizaciones empresariales han calificado como una “falta de respeto” que este incentivo, que tendría la forma de una reducción en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, se haya filtrado a los medios de comunicación antes de plantearse en la propia mesa de negociación, convocada para esta tarde, recoge Europa Press.

“Por el lado de las formas, queremos dejar claro que no hacemos un buen servicio a la economía ni a la sociedad si sustituimos la concertación social, amparada por el artículo 7 de la Constitución, por la política del anuncio y la puesta en escena”, han denunciado.

En cuanto al contenido de la propuesta, las organizaciones empresariales “deducen” que, de lo publicado en prensa, esta reducción fiscal vendría a sustituir a “la esperada indexación de los contratos públicos por unas fórmulas trileras y que no compensan los costes asociados a la actualización del SMI planteada”, y además lo hace “de espaldas a lo compartido por todos los interlocutores del diálogo social bipartito en el Acuerdo Interconfederal de Negociación Colectiva”.

Esto es así, argumentan las patronales, porque dicho incentivo “deja fuera a todos los autónomos y a la inmensa mayoría de las empresas de todos los sectores”. “De hecho, la medida excluye también, de manera insólita, a las empresas en pérdidas, que son las que más lo necesitan, a las cooperativas y a las entidades sin ánimo de lucro”, critican CEOE y Cepyme.

Condiciones “inalcanzables”

Además, las patronales denuncian que las condiciones establecidas para poder beneficiarse de esta reducción son “inalcanzables para la mayoría de las empresas” y, sobre todo, apuntan, “supone una nueva injerencia en la negociación colectiva y la libertad de empresa”. “Es puro intervencionismo”, resumen.

En todo caso, la patronal que preside Antonio Garamendi ha señalado que el Comité Ejecutivo de CEOE emitirá una valoración sobre este incentivo una vez que el Gobierno entregue la documentación necesaria para poder analizarlo, según la citada agencia.

Así es el incentivo que plantea Hacienda

Según la propuesta de Hacienda a la que ha tenido acceso Europa Press, el Gobierno va a plantear a los agentes sociales una reducción fiscal progresiva, que podría llegar a compensar hasta el 100% de la subida del SMI, de la que podrían beneficiarse aquellas empresas que contraten trabajadores con sueldos superiores al SMI, siempre que incrementen la plantilla.

Se trataría, en detalle, de una reducción en la base imponible del Impuesto sobre Sociedades, que podrían aplicarse las empresas si la plantilla media total al final del periodo impositivo, con contratos con sueldos superiores al SMI, se ha incrementado respecto a la que tenían al inicio de dicho periodo impositivo.

Para aplicarse esta reducción, el aumento de la plantilla deberá ser de al menos un trabajador a tiempo completo durante un año en empresas con menos de 100 trabajadores, y de un mínimo de dos trabajadores o de al menos un 1% de la plantilla en aquellas empresas que tengan al menos un centenar de trabajadores.

El importe de la reducción será creciente, dependiendo de cuánto se haya incrementado la plantilla. Así, será más baja si el aumento de personal es inferior al 5% y del 100% si la plantilla ha subido igual o más de un 15%. Estos aumentos de personal deberán mantenerse durante los dos años posteriores.

En concreto, el importe de la reducción que plantea Hacienda sería el resultante de multiplicar por 0,25 la subida bruta del SMI en el año en el que se inicia el periodo impositivo de los trabajadores de la empresa que perciban el SMI, siempre que el aumento de la plantilla no sobrepase el 5%.

Si el incremento de la plantilla supera el 5% pero se queda por debajo del 10%, se multiplicaría por 0,50; si la plantilla crece más del 10% pero menos del 15% se multiplicaría por 0,75, y si sube igual o más que un 15% se multiplicaría por 1.

Para la aplicación de esta reducción será necesario además que la plantilla media total de la empresa al final del periodo impositivo “se mantenga o incremente” respecto a la existente al inicio del mencionado periodo impositivo y que se sostenga durante los dos años posteriores al fin del año en que termine el periodo impositivo en el que se redujo la base imponible.

Asimismo, de esta reducción sólo podrán beneficiarse aquellas empresas cuyos gastos de personal superen el 70% de los gastos del resultado de explotación de la cuenta de pérdidas y ganancias. La base imponible después de esta reducción no podrá, en ningún caso, ser negativa.

En el caso de incumplirse todos estos requisitos, se procedería a la regularización de las cantidades indebidamente reducidas, con los correspondientes intereses de demora, según la propuesta redactada por Hacienda.

 

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E.B.

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