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La Audiencia rechaza que Argentina interrogue a Martín Villa e investigue el asesinato de Lorca

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha denegado las solicitudes de la jueza María Servini para interrogar a Rodolfo Martín Villa y también para investigar el asesinato de Federico García Lorca.

El magistrado ha rechazado dos comisiones rogatorias de las autoridades judiciales de Argentina: una en la que se solicitaba la toma de declaración del ex ministro, entre otras motivos, por las cargas policiales que durante una huelga el 3 de marzo de 1976 provocaron la muerte a cinco trabajadores en Vitoria y también la que pedía que se reclamara al Ministerio de Interior de España copia de la Nota Informativa “Antecedentes del poeta Federico García Lorca”, así como toda la documentación que obre en sus archivos relativa a la detención y homicidio del poeta.

“En dos autos, el titular del Juzgado Central de Instrucción 5, atendiendo al informe de la Fiscalía, desestima el cumplimiento de las comisiones rogatorias y las devuelve al órgano judicial requiriente, en ambos casos el Juzgado Nacional de lo criminal y Correccional 1 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires”.

Según informa la Audiencia, “en el caso de Martín Villa se solicitaba la toma de declaración por un delito de lesa humanidad en el marco de una causa de torturas, asesinatos, desapariciones forzadas de personas y sustracción de menores, cometidos en España en el periodo comprendido entre el 15 de julio de 1936 y el 15 de junio de 1977”.

Mientras que “la comisión rogatoria relativa a García Lorca solicitaba que se reclamara al Ministerio del Interior copia del expediente 9, signatura 3309 y Nota Informativa Asunto “Antecedentes del poeta Federico García Lorca” de la 3ª Brigada Regional de Granada de 9 de julio de 1936, publicado por el Ministerio de Gobernación, Dependiente de Política Interior, así como toda la documentación que obre en sus archivos relativa a la detención y homicidio del poeta acecido en los últimos días de julio y primeros de agosto de 1936, en Granada. Fueron los denunciantes, en representación de la Asociación para la Recuperación de la Memoria Histórica, quienes manifestaron la existencia de dicho documento.

Argumentos

De la Mata basa su rechazo a la comisión rogatoria en que los delitos de lesa humanidad por los que se solicita no se pueden perseguir en España si han sido cometidos con anterioridad a octubre de 2004, puesto que fue en esa fecha cuando entró en vigor la Ley Orgánica que regulaba dichos delitos.

En segundo lugar, para el magistrado de la Audiencia Nacional la solicitud de auxilio judicial colisiona también con la Ley de Amnistía de 1977, tal y como ha establecido la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Igualmente considera un inconveniente legal la prescripción de los delitos investigados en el proceso argentino, hechos que en el caso de Martín Villa datan de hace más de 40 años, mientras que los de García Lorca fueron hace más de 80.

Además, el juez pone de manifiesto que Martín Villa se ha puesto a disposición del juzgado argentino de forma reiterada para prestar declaración, si bien se ha desestimado su solicitud o no se le ha dado respuesta distinta de la emisión de la comisión rogatoria.

En este sentido, De la Mata informa a la jueza Servini que “existen mecanismos ajenos al intentado que permitiría culminar la aspiración de Martín Villa de poder prestar declaración, bien compareciendo en Argentina, bien en lugares dependientes de la soberanía de aquel país en nuestro país como consulado o embajada, o también por videoconferencia”.

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La Audiencia rechaza que Argentina interrogue a Martín Villa e investigue el asesinato de Lorca

E.B.

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