Valle de los Caídos
La decisión de inadmitir el recurso tiene lugar después de que el magistrado haya acreditado que los trabajos de exhumación se están efectuando en un lugar diferente al que se encuentra enterrada la abuela de la recurrente y que, en contra de lo alegado por esta, esos trabajos no se están efectuando en vía de hecho.
En el auto, recogido por Europa Press, el magistrado explica que de la documentación aportada se advierte que existen un conjunto de actuaciones judiciales, normativas y administrativas previas que constituyen su soporte y que eran conocidas por la recurrente y de las cuales omitió informar al órgano judicial.
Por ello, declara la inadmisibilidad de este recurso que se había tramitado como procedimiento para la protección de derechos fundamentales promovido ante las exhumaciones que se están llevando a cabo en el Valle de Cuelgamuros, «por no estar desarrollando tales actuaciones en vía de hecho».
Cabe recordar que el pasado diciembre la Audiencia Nacional levantó la suspensión cautelar de las exhumaciones que se llevan a cabo por parte de Patrimonio Nacional en el Valle de Cuelgamuros después de que la Abogacía del Estado presentara alegaciones explicando que la abuela de la persona que solicitó parar los trabajos por protección del derecho fundamental a la libertad religiosa no fue inhumada en la capilla donde están ahora operando los forenses.
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