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La Audiencia Nacional corrige al juez de Tsunami y estudiará la petición de apartarle de la causa

En un escrito de este mismo martes, recogido por Europa Press, Guevara forma un expediente gubernativo después de que el titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6 rechazase la recusación planteada por la defensa del empresario Oriol Soler y pide al propio juez que le remita el escrito por el que se solicitaba que se apartase del caso.

Fuentes jurídicas explican a esta agencia de noticias que no se trata de una investigación interna contra el magistrado, pero sí un toque de atención después de que el juez rechazase en una providencia un incidente de recusación, cuya competencia recae exclusivamente en la Sala de lo Penal.

Los jueces de instrucción únicamente pueden resolver por providencia los incidentes de recusación o abstención, añaden las mismas fuentes, cuando se trate de peticiones extemporáneas.

Cabe recordar que Soler pidió apartar al magistrado por unas manifestaciones que habría realizado en el Foro La Región de Ourense. «Yo únicamente como ciudadano puedo decir dos cosas: Uno: que la Constitución tampoco está prohibida la esclavitud y sin embargo no es posible. Y no está prohibida expresamente. Y dos: Bien, estos señores han dicho si en cuanto puedan van a volver a repetirlo por lo tanto ¿será esta amnistía la primera de muchas otras después?», espetó.

Dichas palabras, a juicio de Soler, guardan relación con los hechos que han motivado el dictado de la resolución por la que se le cita a declarar como investigado en la causa y suponen, aduce, que el magistrado tiene interés directo o indirecto en dicho procedimiento.

El juez, sin embargo, explicaba que la circunstancia en la que se fundamenta la recusación tuvo lugar el 5 de octubre en el marco del Foro Región de Ourense y, sin embargo, su defensa, no ha presentado el escrito de recusación hasta el 7 de noviembre, más de un mes después.

«En consecuencia, se trata de un supuesto evidente de inadmisión, toda vez que pese a ser un hecho notorio la presencia de este magistrado en el referido Foro, y pese a tener conocimiento de ello la parte recusante, espera al 7 de noviembre de 2023 para interponer el escrito de recusación, pese a tratarse de una parte personada desde, al menos, el 5 de noviembre de 2021. Por todo ello, el escrito de recusación debe ser inadmitido», aseguró el magistrado.

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E.B.

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