Audiencia Nacional
En su auto, el magistrado explica que, tal y como informa la Fiscalía, “la denuncia está basada en hechos conocidos a través de los medios de comunicación sin documentación fidedigna que la acompañe”. Por ello, afirma, “se llega a la conclusión de que es genérica y no aporta siquiera indicios de criminalidad fundamentados y bastantes para justificar otra decisión distinta que no sea su inadmisión a trámite”.
“Tras el examen y estudio de las actuaciones se llega a la conclusión de que los hechos denunciados no son constitutivos de los delitos referidos en el escrito de denuncia, pues no concurren los presupuestos exigidos”, afirma el juez, que añade que la denuncia en cuestión, “cuando menos no es fundada a efectos penales, al no revestir los hechos caracteres de delito”, por lo que no puede provocar la puesta en marcha del mecanismo judicial para llevar a cabo una investigación sobre cuestiones de carácter extrapenal que hayan podido tener lugar.
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