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BlaBlaCar planta cara a las denuncias de la patronal Confebús

En la demanda se aportan datos que indican que BlaBlaCar mueve por Europa unos 700.000 viajes anuales, por los que se lleva un 10% de comisión. La plataforma digital que permite compartir coche entre particulares, BlaBlaCar, ha negado la acusación de competencia desleal formulada por la patronal del transporte de viajeros por carretera, Confebús, en una demanda presentada en el juzgado de lo mercantil número 2 de Madrid. El próximo 1 de octubre se sabrá si el juez ha aceptado la petición de la patronal de que se suspenda cautelarmente la actividad en España de esta empresa de economía colaborativa.

El juzgado ha admitido a trámite la demanda, dirigida contra las dos sociedades que representan a BlaBlaCar en España, y ha fijado una vista para resolver la petición de medidas cautelares, según fuentes jurídicas.

En la demanda, Confebús acusa de competencia desleal a la plataforma digital por “incumplir las normas reguladoras y de gestión de los servicios de transporte entre particulares”. Ya que considera que “utilizan una plataforma tecnológica con el fin de evitar la normativa de mediación en el transporte reguladora en España, ya que se precisa, según la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, que se precisa una habilitación específica para la mediación en el transporte, “que en este caso no existe”.

Por todo ello, no solo se solicita la suspensión de la web, sino que además “la empresa no pueda prestar el servicio de transporte que está ejerciendo a través de ella”, e igualmente que “se le impida que los particulares presten servicio de transporte con sus propios vehículos sin tener autorización o licencia para ello”.

Por su parte, BlaBlaCar se ha defendido mediante un comunicado apuntando que esta plataforma “no es un medio de transporte, sino una red social que conecta a personas particulares que viajan hacia un mismo lugar compartiendo los gastos del viaje”, y que, por tanto, “no existe ánimo de lucro por parte de los usuarios”.

A lo que Confebús ha respondiendo que “sí hay ánimo de lucro en las operaciones que favorece esta empresa de economía colaborativa”, dado que a su juicio “el conductor tiene que realizar el trayecto, y el pago de las plazas ocupadas es un añadido”.

En la demanda se aportan los datos publicados por la propia empresa, en la que se indica que mueven al año por Europa unos 700.000 viajes, y que BlaBlaCar cobra de comisión un 10%, por lo que a juicio de Confebús se pueden calcular unos ingresos del orden de 16 millones anuales a una media de 20 euros por trayecto.

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Natalia Rojo

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