“Hasta ahora dicho límite exento para no estar obligado a aportar avales en la solicitud de aplazamiento o fraccionamiento se situaba en 30.000 euros”, explica el departamento de María Jesús Montero en una nota.
El objetivo de la medida, afirma, es “facilitar” a los contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones tributarias “dando mayor flexibilidad a las solicitudes de aplazamiento en un contexto de dificultades financieras transitorias derivadas del alza de los precios provocado por la guerra de Ucrania”.
“Precisamente, el pasado marzo el Gobierno también aprobó una Orden para ampliar, a partir del 15 de abril, de 30.000 euros a 50.000 euros el límite exento de presentar avales en la petición de aplazamiento y fraccionamiento de deudas gestionadas por la Agencia Tributaria y otros organismos de la Hacienda Pública Estatal”, recuerda.
Por tanto, la norma publicada en el BOE equipara también el límite exento en el caso de las deudas de tributos cedidos a las comunidades.
En este sentido, incide, “se considera conveniente establecer idéntico umbral para la exención, al tiempo que permitirá a los contribuyentes beneficiarse del ahorro de costes que supone aumentar el límite que no requiere solicitar avales para pedir el aplazamiento y fraccionamiento de una deuda tributaria”.
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