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Estrasburgo sentencia que España vulneró el derecho de Otegi a un juicio justo

El Tribunal de Derechos Humanos de la Unión Europea (TEDH) ha dictado una sentencia en la que concluye que la Audiencia Nacional vulneró los derechos fundamentales del ex portavoz de Batasuna Arnaldo Otegi en el juicio por el caso Bateragune, por el que fue condenado por un delito de pertenencia a la banda terrorista ETA y sigue cumpliendo una condena en firme a 10 años de inhabilitación.

El Tribunal de Estrasburgo condena a España por atender la recusación por parcialidad que presentaron Arnaldo Otegi y otros cuatro dirigentes de la izquierda abertzale en 2011 contra la jueza de la Audiencia Nacional Ángela Murillo. En su sentencia, el tribunal concluye que “el recelo de los demandantes (hacia Murillo) podía considerarse objetivamente justificado”, teniendo en cuenta que dos meses antes el Tribunal Supremo había aceptado su recusación en otro caso, según informa Efe. En concreto, el Supremo había anulado con anterioridad una condena a dos años de prisión que una sala presidida por la propia Murillo había impuesto al exportavoz de Batasuna al estimar que la juez exteriorizó “un prejuicio acerca de su culpabilidad” al preguntarle si condenaba la violencia de ETA.

La sentencia europea dice ahora que, con ese precedente, Murillo no debió estar al frente de la sala que juzgó el caso Bateragune, por reconstruir la izquierda política abertzale. En ese caso, Otegi fue condenado a seis años y medio de prisión por pertenencia a organización terrorista, como también lo fueron los dirigentes Miren Zabaleta, Arkaiz Rodríguez Torres y Sonia Jacinto García.

La sentencia, dada a conocer este martes y que no ha sido unánime según informa Europa Press, declara que se ha producido una vulneración del artículo 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos sobre Otegi, Jacinto García, Díez Usabiaga, Zabaleta Tellería y Rodríguez Torres, todos condenados en aquel procedimiento.

Asimismo, Otegi denunciaba la presunta parcialidad del presidente del tribunal, Francisco Pérez de los Cobos, dada su militancia en el Partido Popular; y del magistrado Antonio Narváez, que fue el fiscal que impulsó la ilegalización de Batasuna. El TEDH rechazó de plano estos argumentos, que tachó de “maliciosos” en primera instancia, admitiendo a trámite sólo la parte relativa a la Audiencia Nacional.

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Estrasburgo sentencia que España vulneró el derecho de Otegi a un juicio justo

E.B.

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