Tribunal Supremo
El Tribunal Supremo ha sentenciado que es el cliente el que debe pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas y que la banca sólo debe asumir el 50% del importe del timbre del documento de dicho impuesto.
El Pleno de la Sala Primera, de lo Civil, del Tribunal Supremo, ha estudiado hoy dos recursos relativos a reclamaciones de consumidores contra cláusulas de escrituras de préstamo con garantía hipotecaria que les atribuían todos los gastos e impuestos generados por la operación. En concreto, el alto tribunal discutía únicamente lo relativo al pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Según informan desde el Supremo, los magistrados estiman en parte los recursos y establecen que: por la constitución del préstamo, el pago incumbe al prestatario, es decir al clientes de acuerdo a la jurisprudencia constante de la Sala III del propio Supremo; mientras que por el timbre de los documentos notariales, el impuesto correspondiente a la matriz se abonará por partes iguales entre prestamista (la entidad financiera) y prestatario (el hipotecado), y el correspondiente a las copias, por quien las solicite.
El tribunal parte de su propia jurisprudencia para dictaminar que no considera abusivo que sean los clientes y no los bancos quienes paguen este tributo como habían establecido algunas Audiencias Provinciales.
El repunte del queroseno, clave para el sector aéreo, está obligando a las compañías a…
El tráfico ferroviario en Madrid ha registrado este domingo por la tarde importantes incidencias que…
La nueva cifra llega en pleno alto el fuego de 10 días entre Israel y…
El impacto del cambio climático sobre la salud en Europa ya es una realidad que…
El incidente ha interrumpido uno de los actos más simbólicos del calendario político y mediático…
La catástrofe de la planta ubicada en Ucrania —que entonces aún formaba parte de la…