Ryanair
En un comunicado, el Poder Judicial destaca que la sentencia estima ajustada a derecho la decisión administrativa de la Ministra de Trabajo que consideró injustificada la concurrencia de fuerza mayor solicitada por la referida empresa respecto de los trabajadores que habían sido despedidos antes de la pandemia y cuyo despido había sido declarado nulo.
El Tribunal Supremo estima que, además de defectos en el procedimiento seguido por la empresa debidos a la no notificación de la lista de afectados a los representantes sindicales, existió fraude de ley dado que lo pretendido con el ERTE era que gran parte de los salarios de tramitación que debía abonar la empresa por el despido fuesen satisfechos por la Seguridad Social a través de prestaciones de desempleo.
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El Supremo confirma la nulidad del segundo ERTE de Ryanair
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