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El juez accede a la petición del PP y la Fiscalía y prohíbe emitir el juicio de los ordenadores de Bárcenas

El titular del Juzgado de lo Penal 31 de Madrid, Eduardo Muñoz de Baena, ha accedido a la petición realizada por el Partido Popular y por la Fiscalía y ha prohibido la retransmisión en directo del juicio por la destrucción de los ordenadores que usaba el extesorero ‘popular’ Luis Bárcenas que comienza este viernes, 14 de junio.

En un auto dictado este lunes, y del que informa Europa Press, el magistrado rechaza autorizar la cobertura íntegra de la vista oral mediante señal institucional, pero no impone restricciones para que los medios de comunicación accedan a la sala de vistas para que puedan informar sobre el desarrollo del juicio. En este sentido, el juez comunica que “la emisión de imágenes se limitará a grabaciones mudas captadas en los momentos previos al inicio de las sesiones, con planos de los acusados posteriores o laterales”.

El PP remitió un escrito en el que afirmaba que solo basta con la presencia de periodistas en la sala del juicio para garantizar el derecho a la información, pues «no necesitan la utilización de medios audiovisuales para proporcionar una información veraz a la ciudadanía”.

Asimismo, solicitó que se adopten medidas tendentes a evitar la identificación de los acusados, testigos, peritos y demás intervinientes como la realización de planos desde atrás o edición para hacer irreconocibles los rostros, “en especial, del representante especialmente designado del Partido Popular que será un abogado externo ajeno al partido”.

La extesorera del partido Carmen Navarro, el abogado Alberto Durán y el informático José Manuel Moreno también recurrieron la petición de la Oficina de Prensa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid para poder emitir el juicio a través de señal institucional.

Por su parte, la Fiscalía de Madrid, que no acusa en este caso, sino que pide el sobreseimiento o el archivo de las responsabilidades penales del PP, también hizo llegar un escrito al magistrado mostrando su oposición a la emisión. El Ministerio Público argumentó que se traba de garantizar el derecho de defensa y evitar que los testigos que hayan de declarar en el juicio oral puedan tener conocimiento de lo que hubiesen declarado otros testigos o, incluso, los propios acusados”.

Argumentos del juez

El juez de lo Penal de Madrid afirma que es “lógico y notorio el interés social y mediático2 por el juicio por la destrucción de los discos duros de los ordenadores de Bárcenas, “dado que uno de los acusados es un partido político con representación parlamentaria”. De hecho, el PP es el primer partido en sentarse en el banquillo de los acusados como persona jurídica.

En este sentido el magistrado explica en su resolución que esta circunstancia hace comprensible “otorgar las máximas facilidades a los medios de comunicación acreditados para que puedan llevar a cabo su labor informativa del desarrollo del plenario”.

Si bien, indica que si las cincos sesiones de la vista oral son difundidas a través de señal de televisión en abierto, en directo o mediante su posterior reproducción audiovisual, los testigos podrían “conocer” la declaración de los acusados y de otros comparecientes previos, perjudicando así lo previsto en el artículo 704 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim).

Asimismo, Muñoz de Baena asume los argumentos esgrimidos por los acusados y señala que la retransmisión en directo del juicio puede suponer “una exposición pública desproporcionada” para la mayoría de los testigos y peritos que habrán de intervenir, ya que \»no son personajes públicos ni de notoriedad pública”.

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El juez accede a la petición del PP y la Fiscalía y prohíbe emitir el juicio de los ordenadores de Bárcenas

E.B.

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