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El Gobierno limita por un máximo de 60 años los secretos oficiales en la nueva ley

El Proyecto de Ley, que se envía ahora al Congreso para su tramitación parlamentaria, “garantiza el deber del Estado de clasificar la información sensible que pueda afectar a la defensa nacional y a la seguridad ciudadana, pero también lo hace compatible con el derecho a la información y la transparencia”.

Así lo destaca el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, que señala que, de esta manera, España se situará “en línea con las legislaciones más avanzadas de la UE y de la OTAN, en materia de información clasificada”. “De hecho, Francia, Dinamarca o Suecia tienen plazos de desclasificación más extensos a los previstos en esta norma”, apuntan desde el departamento de Félix Bolaños en una nota.

Según ha señalado el propio Bolaós en la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, se da cumplimiento a una de los compromisos adquiridos en el Plan de Acción por la Democracia y se asume una de las recomendaciones que viene haciendo a España la Comisión Europea de cara a mejorar el acceso ciudadano a la información y, en particular, a documentos oficiales.

Desclasificación automática

El proyecto de ley establece de forma clara que la clasificación de información tendrá “carácter excepcional, debiendo estar debidamente motivada, y estipula que la relativa a grandes violaciones de derechos humanos o crímenes de lesa humanidad no podrá ser objeto de clasificación”.

Tal y como ha explicado Bolaños, la ley desarrolla los procedimientos para clasificar, reclasificar y desclasificar información y dotarlos de plenas garantías. Para ello, prevé, “por primera vez en la historia democrática de España”, la desclasificación automática.

En este sentido, se regulan cuatro categorías de información clasificada –‘Alto Secreto’, ‘Secreto’, ‘Confidencial’ y ‘Restringido’– y a cada una de ellas se le asigna gradualmente un límite temporal de clasificación teniendo en cuenta el riesgo de revelación no autorizada o uso indebido.

Para el ‘Alto Secreto’ se estipula su desclasificación automática transcurridos 45 años, que solo se podrán prorrogar una vez y de forma motivada por 15 años más. Es decir, 60 años. La información clasificada como ‘Secreto’ se desclasificará pasados 35 años y solo será prorrogable 10 años más, también de forma excepcional y motivada.

En la categoría de ‘Confidencial’ se establece un plazo de desclasificación automática de entre siete y nueve años no prorrogables. Y, por último, la información clasificada como ‘Restringido’ se desclasificará en un plazo de cuatro y cinco años, que tampoco se podrán prorrogar.

De esta manera, la documentación con más de 45 años de antigüedad será desclasificada de manera automática “salvo que afecte a la seguridad nacional o la defensa”, ha aclarado Bolaños.

La norma también establece quien o quienes tendrán la competencia para clasificar y desclasificar información, siendo exclusiva del Consejo de Ministros —a propuesta del presidente del Gobierno o de los ministros— en el caso de ‘Alto secreto’ y ‘Secreto’ y de un número tasado y reducido de autoridades en las categorías de ‘Confidencial’ y ‘Restringido’.

En cuanto a la información clasificada antes de la entrada en vigor de esta ley, se desclasificará automáticamente transcurridos 45 años o más desde su clasificación. Además, las personas que puedan justificar un interés profesional en esta información —como investigadores, periodistas o historiadores— estarán legitimados para solicitar su desclasificación una vez vencido el plazo de clasificación.

También se fortalece el acceso del Congreso de los Diputados a la información clasificada a través de la Comisión parlamentaria constituida a este efecto.

Sanciones

Asimismo, la ley estipula un régimen sancionador administrativo con sanciones que van desde los 30.000 euros en los supuestos menos graves a los 2,5 millones de euros en los más graves. Con esta vía se crea un régimen más proporcional que el anterior, que únicamente contemplaba la vía penal con elevadas penas de prisión.

El derecho a la libertad de información se introduce como criterio de graduación de las sanciones.

Autoridad Nacional para la Protección de la Información Clasificada

Bolaños también ha explicado que el Proyecto de Ley que hoy ha aprobado el Consejo de Ministros regula los órganos con competencias en la materia, entre los que se encuentra la Autoridad Nacional para la Protección de la Información Clasificada, que dependerá del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes.

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El Gobierno limita por un máximo de 60 años los secretos oficiales en la nueva ley

Gustavo García

Periodista adicto a los pasillos del Congreso de los Diputados y a algún cafetillo y pincho de tortilla en la Cafetería de la Cámara baja entre comparecencia y comparecencia. Los gin-tonics los dejo para los diputados... PSOE, PP, Podemos, VOX... nada se me escapa. Tampoco le hago ascos a la política local y, en especial, a lo referente a la Comunidad de Madrid. Al pie del cañón en ElBoletin.com desde 2007.

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