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El Gobierno defiende que la reforma del Código Penal endurezca el delito de desobediencia al Constitucional

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha defendido este lunes que, tras la experiencia del proceso independentista en Cataluña en 2017, la reforma del Código Penal debe endurecer el delito de desobediencia al Tribunal Constitucional, así como «ajustar» las penas contempladas a los delitos de rebelión y sedición a los ordenamientos jurídicos de países del entorno, que no fijan condenas de 13 años de prisión para estos tipos penales.

Así lo ha dicho el titular de Justicia durante su intervención en un desayuno informativo organizado por Europa Press al ser preguntado por cuándo y en qué va a consistir la reforma del Código Penal. El ministro ha señalado que aunque el plazo previsto para presentar el anteproyecto era a finales de año, no se sentirá «en absoluto incumplidor» si éste se acomete más tarde.

En este sentido, ha explicado que hay que hacer una «reflexión serena» acerca del delito de sedición y rebelión, ya que acontecimientos como la sentencia del Tribunal Supremo contra los líderes independentistas, condenados a entre nueve y 13 años de prisión por sedición y malversación, y el rechazo de distintos tribunales europeos a entregar al expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y algunos de sus exconsejeros huidos de la Justicia para que puedan ser juzgados por el ‘procés’, «nos han abierto los ojos» y nos han hecho ver que hay «unos articulitos que chirrían».

Carencia de protección

Campo ha destacado que en el marco de esta reforma se ha podido ver que hay «otras cuestiones» que también hay que analizar como falta de protección al Tribunal Constitucional. «Es una de las carencias que veo particularmente», ha admitido, al mismo tiempo que ha asegurado que el nuevo Código Penal reforzará el delito de desobediencia al tribunal de garantías, aunque no ha precisado cómo quedará contemplado en el texto dicho castigo.

«Le dimos unos cometidos al Tribunal Constitucional pero no hemos establecido cómo se castiga al que incumple lo que diga el tribunal», ha dicho el ministro. Cabe recordar que los líderes independentistas desobedecieron las resoluciones de TC que declaró ilegal el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017.

Adaptación a códigos penales europeos

Con todo ello, el titular de Justicia ha destacado que la modificación del delito de sedición y rebelión se adecuará a lo regulado en otros códigos penales europeos como el alemán, francés, italiano o portugués. «Ahora nos ha puesto la realidad de golpe frente a ellos y somos conscientes de que hay que hacer una revisión».

Preguntado por si una posible rebaja de las condenas previstas para estos delitos supondrá «dejar indefenso al Estado», Campo ha asegurado que ello solo podría ocurrir si se produjera la «destipificación», lo cual ha negado. «Son conductas muy graves y siempre va a ver respuesta jurídica», ha aclarado.

En cualquier caso, ha apuntado que el Gobierno «abre el debate» al respecto y las cámaras parlamentarias son las que finalmente aprobarán el texto que señalará tales castigos. Aún así, ha recordado que se trata de «ajustar esas conductas muy graves a la proporcionalidad, no solo al resto del Código Penal, sino al resto de ordenamientos jurídicos en lo que nos movemos como referencia», los cuales, ha indicado, son «unánimes y no señalan 13 de años» de cárcel.

En el caso de que se apruebe la rebaja de las penas fijadas para la sedición y la rebelión, el ministro ha planteado que Puigdemont, reclamado por el primer delito, podría beneficiarse de esta reforma en caso de que fuera entregado a la justicia española y de cara a una eventual sentencia condenatoria.

«La Constitución establece que si hay una resolución, una modificación legislativa que tiene mayor gravedad no se aplica a nadie, porque los hechos hay que enjuiciarlos conforme al Código que estaba vigente, pero es justo lo contrario cuando es mas beneficiosa. Por tanto si hubiera una adecuación a las penas del Código francés, italiano, alemán o portugués pues evidentemente el supremo tendría que entrar a valorar si es revisable la sentencia», ha apostillado.

Indultos a los condenados por el ‘Procés’

En cuanto a los indultos de los condenados por el ‘procés’, Campo ha puntualizado que el Ministerio de Justicia es un «mero impulsor» y por ello los ha «tramitado» y remitido al Tribunal Supremo. No obstante, aunque considera que su puesta en marcha «no debería ser un hecho relevante para ponerlo en comunicación del Congreso de los Diputados», ha afirmado que decidió informar el pasado 23 de septiembre a la Cámara Baja del inicio de este trámite «dada la trascendencia social».

El ministro no ha adelantado ninguna posición sobre los indultos a los líderes del ‘procés’, ni siquiera si el Gobierno actuará a favor o en contra de lo que diga el Tribunal Supremo en su informe, y ha llamado a esperar a «cuando llegue ese momento».

Así, ha recalcado que habrá que su departamento valorará «individualmente» cada uno de los casos «si son acreedores del derecho de gracia» y que elevará al Consejo de Ministros los respectivos acuerdos.

«No me voy a pronunciar jamás sobre un procedimiento judicial. El ministro es el último que debe valorar», ha añadido. Tampoco se ha pronunciado sobre cómo justificaría un indulto al ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junquera, condenado a 13 años de prisión por sedición y malversación: «Si se lo contara estaría contraviniendo mi propia argumentación».

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E.B.

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