Economía

El Gobierno amplía hasta agosto el plazo para solicitar los préstamos al alquiler de afectados por Covid

La evolución actual de la pandemia y, en consecuencia, la vulnerabilidad sobrevenida que la misma pueda generar en los arrendatarios de vivienda habitual, así como su incierta proyección en los próximos meses, hace recomendable modificar los plazos inicialmente previstos para la solicitud y formalización de los créditos, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Esta medida se ha tomado después de la recomendación de ampliación que la comisión de seguimiento del convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el Instituto de Crédito Oficial (ICO) hizo el pasado 5 de mayo.

Con esta prórroga, el plazo para solicitar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado será hasta el 9 de agosto de 2021. Además, según la orden publicada en el BOE, este plazo podrá ser prorrogado hasta el 31 de agosto de 2021 mediante orden ministerial previa propuesta de la comisión de seguimiento del convenio.

Por su parte, el plazo para formalizar los préstamos avalados y subvencionados por el Estado será hasta el 9 de septiembre. También podrá ser prorrogado hasta el 30 de septiembre de este año mediante orden ministerial tras proponerlo la comisión de seguimiento.

En el Real Decreto Ley de 31 de marzo de 2020 por el que se adoptaron medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la pandemia y que regulaba una serie de medidas dirigidas a familias y colectivos vulnerables, se establecía la aprobación de una línea de avales para la cobertura por cuenta del Estado de la financiación a arrendatarios en situación de vulnerabilidad social y económica como consecuencia de la expansión del virus.

En concreto, se autorizaba al Ministerio de Transportes Movilidad y a Agenda Urbana para que, mediante convenio con el Instituto de Crédito Oficial (ICO), desarrollase una línea de avales con total cobertura del Estado para que las entidades de crédito pudiesen ofrecer ayudas transitorias de financiación a los arrendatarios de vivienda habitual que se encontrasen en una situación de vulnerabilidad, con un plazo de devolución de hasta seis años, prorrogables otros cuatro, y sin que «devengue ningún tipo de gastos e intereses para el solicitante».

Los créditos pueden cubrir hasta el 100% del importe de la renta mensual, con un máximo de 900 euros al mes durante un periodo de seis meses, mientras que no suponen ni gastos ni intereses para quien los solicite que, además, contarán con un plazo para devolverlo de seis años, con posibilidad de una prórroga de hasta cuatro años más.

El procedimiento se establece de forma que es el banco el que abona directamente el importe del préstamo al propietario del piso para evitar la incertidumbre de un eventual impago del inquilino.

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E.B.

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