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El Constitucional suspende la iniciativa legislativa popular para declarar la independencia en Cataluña

Tribunal Constitucional

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Según han confirmado fuentes jurídicas a Europa Press, el tribunal ha adoptado esta decisión tras casi hora y media de intenso debate. No obstante, han precisado que, aunque la medida se ha acordado por unanimidad, ha habido discrepancias sobre las razones para admitir el recurso.

Así, en una providencia de este martes, a la que ha tenido acceso esta agencia y de la que es ponente el magistrado Enrique Arnaldo, el Pleno del Constitucional da por suspendida la resolución impugnada y desde el pasado 27 de marzo, cuando la recurrió el Gobierno central. También resuelve dar traslado de la demanda y documentos presentados al Parlamento de Cataluña para que en el plazo de veinte días pueda aportar cuantos documentos y alegaciones considere convenientes.

Asimismo, acuerda publicar la apertura de la impugnación en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya (DOGC).

El asunto ha llegado al tribunal de garantías después de que el Consejo de Ministros del pasado 26 de marzo acordara presentar un recurso de inconstitucionalidad contra la Iniciativa Legislativa Popular (ILP) que la Mesa de la cámara autonómica catalana admitió a trámite el pasado 2 de febrero.

Según precisó el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, en la rueda de prensa posterior a aquel Consejo de Ministros, el Gobierno estimó pertinente impugnar la iniciativa porque ello paraliza “de manera inmediata” su tramitación, toda vez que la Constitución fija que cuando el Ejecutivo acude al TC y demanda la suspensión de una disposición, esta se congela, algo que no sucede con los recursos de los grupos parlamentarios.

 

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