El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha decidido por unanimidad denegar la suspensión de las resoluciones del Tribunal Supremo de 9 y 30 de julio de 2018, respectivamente, que impiden el ejercicio de sus funciones públicas a los diputados del Parlamento de Cataluña Oriol Junqueras, Jordi Turull, Jordi Sánchez, Josep Rull y Raúl Romeva mientras dure su situación personal de prisión provisional.
El Constitucional desestima así el recurso de amparo presentado por un grupo de particulares, encabezado por Jaume Cabré Fabré, quienes consideraban que la decisión del Supremo había vulnerado su derecho a participar en los asuntos públicos por medio de representantes libremente elegidos en elecciones (art. 23.1 de la Constitución).
El auto explica que “acceder a la suspensión equivaldría a anticipar un eventual fallo estimatorio del recurso de amparo y supondría no aplicar temporalmente una norma de rango legal, el art. 384 bis de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, cuya utilización jurisdiccional goza de presunción de legitimidad”.
La resolución judicial, apoyándose en la doctrina constitucional, señala que “en este trámite procesal no puede efectuarse el análisis de la cuestión de fondo, ni cabe cuestionar las bases fácticas que la sustentan ni tampoco anticipar indebidamente lo que debe ser resuelto en la oportuna sentencia”.
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