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El Constitucional inadmite el recurso de IU contra el archivo de su querella contra el rey Juan Carlos I

La Sección Primera ha examinado el recurso y ha acordado «no admitirlo a trámite por no apreciar en el mismo la especial trascendencia constitucional que, como condición para su admisión, requiere» la ley del órgano de garantías.

Así lo ha informado IU en una nota, recogida por Europa Press, en la que ha avanzado que tras la negativa del Constitucional acudirá al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) para denunciar la «inacción de la justicia española frente a Juan Carlos de Borbón y la vulneración de derechos fundamentales».

En su recurso, IU había pedido al tribunal de garantías que ordenara «la retroacción de todas las actuaciones al momento procesal anterior a la violación del derecho fundamental, debiendo la Sala Segunda del Tribunal Supremo acordar la práctica de todos los medios probatorios propuestos en los sucesivos escritos interpuestos» por Izquierda Unida y «cuantos otros resulten procedentes».

La formación también había reclamado al Constitucional que proclamara «la necesidad de asegurar las condiciones para tener una justicia que no solo sea imparcial sino que también lo parezca a la hora de dilucidar sobre investigaciones que afectan al anterior Jefe de Estado».

IU Y EL PCE ACUDIRÁN AL TEDH

IU y el PCE han estimado acudir a Estrasburgo al considerar que no han obtenido ninguna respuesta satisfactoria en un asunto de «gran importancia no solo a nivel político y social, sino por la sensación de impunidad que deja en buena parte de la sociedad por la discriminación en el trato que la justicia muestra a determinadas personas y a su entorno de amistad y de negocios debido a su nombre y al cargo que ocupan».

Según han precisado en el comunicado, ambas formaciones barajan denunciar en su recurso cómo determinados autos dictados por la Sala Penal del Tribunal Supremo «han lesionado el derecho fundamental de la acusación popular a la tutela judicial efectiva, en su vertiente a formular con todas las garantías la acción popular».

La resolución del Constitucional tiene lugar después de que el pasado febrero el Supremo resolviera el archivo de la querella de IU al entender que estaba basada solamente en el «relato periodístico» y que para abrir una causa penal «se precisa algo más».

Al momento del archivo, los magistrados del Alto Tribunal indicaron que, «con carácter general, una noticia por sí sola, no legitima a ningún accionante popular para convertir el relato periodístico en un relato de hechos punibles desencadenantes del proceso penal». «Los juicios de valor de quien pretende ejercer la acción popular no convierten la noticia en delito», señalaron entonces.

LOS PARTIDOS DENUNCIAN «ANIMADVERSIÓN» DEL SUPREMO

En el marco de su comunicado, desde IU y el PCE han insistido en que la interpretación que los tribunales españoles y la Fiscalía han hecho del concepto constitucional de inviolabilidad «no puede suponer de facto una suerte de impunidad absoluta para que el anterior jefe de Estado delinquiese sin que se le exija responsabilidad criminal alguna».

Para ambas formaciones la vulneración de este derecho fundamental se ha producido también «en su doble vertiente de obtener una resolución judicial motivada, razonada y razonable, así como el de seguirse una investigación y procedimiento efectivos ante el órgano judicial competente, derechos igualmente protegidos por el Art. 6.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos».

IU y el PCE también estudian elevar al TEDH lo que han considerado que son «descalificaciones» por por parte del Supremo en sus diligencias de archivo, lo que, a su juicio, «pone de manifiesto» la «animadversión» del Alto Tribunal «a la hora de referirse a una de las partes del proceso» cuando no se les ha permitido «ejercer con garantías la acción popular, haciendo de éste un proceso viciado y falto de imparcialidad».

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El Constitucional inadmite el recurso de IU contra el archivo de su querella contra el rey Juan Carlos I

E.B.

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