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El Constitucional admite el recurso del Gobierno y suspende parte de las leyes trans y LGTBI de Ayuso

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite los recursos de inconstitucionalidad del Gobierno y ha acordado suspender varios artículos de las modificaciones realizadas en 2023 de las leyes trans y LGTBI de la Comunidad de Madrid.

Según detalla el Tribunal Constitucional, en el primer recurso, el Gobierno alega la posible vulneración de los artículos 9.3, 10.1, 14 y 15, entre otros, de la Constitución, contra los apartados once, doce, quince, diecisiete y veintidós bis del artículo único de la Ley 17/2023, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 2/2016, de 29 de marzo. Asimismo, considera que podría haber infracciones competenciales.

En el segundo caso, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, sostiene en su recurso de inconstitucionalidad que el apartado catorce del artículo único de la Ley 18/2023, de 27 de diciembre, por la que se modifica la Ley 3/2016, de 22 de julio, podría ser contrario a las competencias exclusivas del Estado sobre legislación procesal (149.1.6ª CE) y sobre procedimiento administrativo común (149.1.18ª CE).

El Ejecutivo acordó en el Consejo de Ministros del pasado 25 acudir al Constitucional ante una normativa del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso que la ministra de Igualdad, Ana Redondo, tildó de “regresiva” al eliminar y derogar contenidos de protección de derechos y estableciendo nuevos requisitos o condiciones para su ejercicio.

Recursos del Gobierno

Tal y como apuntó Redondo, no se impugnan todas las previsiones de la normativa autonómica, sino aquellos aspectos que se consideran anticonstitucionales por ser contrarios a los derechos fundamentales o por invadir competencias del Estado.

En concreto, el Gobierno impugnó “la excepción que se hace a la prohibición absoluta de las terapias de conversión permitiendo el asesoramiento psicológico o la evaluación psiquiátrica, que a menudo son formas encubiertas de este tipo de pseudoterapias”. En segundo lugar, detalló Igualdad en su día, también “la patologización que se hace de los menores trans, al obligarles a someterse a un proceso de acompañamiento psicológico o psiquiátrico y a obtener un informe facultativo favorable como condición para iniciar un tratamiento para su transición”.

En tercer lugar, se recurrió la contraposición discriminatoria que hace la ley de las personas trans frente a las mujeres y niñas cuando se les permite usar espacios o equipamientos “sin menoscabo de los derechos e intimidad del resto de usuarios, especialmente de las niñas y mujeres”. En este sentido, Redondo remarcó que garantizar los derechos de las personas trans no pone en peligro los derechos de otras personas.

Por último, el Gobierno también considera que la norma de la Comunidad de Madrid invade las competencias exclusivas del Estado en materia procesal y de procedimiento administrativo al excluir a las organizaciones LGTBI de la condición de interesados en procedimientos penales y administrativos sancionadores, incluso cuando representen a una víctima o perjudicado con su permiso explícito.

Respuesta de Ayuso

La reacción a la decisión del alto tribunal desde la Comunidad de Madrid no se ha hecho esperar. “Nuestras reformas de las leyes Trans y LGTBI se han hecho desde el respeto a la Constitución”, ha afirmado Ayuso en un mensaje en la red social X.

“Siempre primando el interés de los menores, para que en las decisiones irreversibles que tomen cuenten con la asistencia de profesionales”, ha incidido la mandataria autonómica.

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El Constitucional admite el recurso del Gobierno y suspende parte de las leyes trans y LGTBI de Ayuso

Gustavo García

Periodista adicto a los pasillos del Congreso de los Diputados y a algún cafetillo y pincho de tortilla en la Cafetería de la Cámara baja entre comparecencia y comparecencia. Los gin-tonics los dejo para los diputados... PSOE, PP, Podemos, VOX... nada se me escapa. Tampoco le hago ascos a la política local y, en especial, a lo referente a la Comunidad de MadridAl pie del cañón en ElBoletin.com desde 2007.

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