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El Consejo de Europa constata que España vulnera varios derechos de la Carta Social Europea en la Cañada Real

La resolución, según ha explicado a Europa Press el secretario de políticas sociales de CCOO Madrid, Manuel Rodríguez, «constata la vulneración de los derechos que se recogen en la Carta Social Europea» y da un «plazo de cuatro meses» para que el Consejo de Europa «determine cuáles son las actuaciones que debe tomar el Estado español».

Esta es una de las decisiones que adoptó el Comité Europeo de Derechos Sociales en su reunión plenaria en Estrasburgo del 9 al 13 de septiembre. Si bien, según han explicado fuentes del Consejo de Europa, no se hará pública hasta el 26 de febrero de 2025, cuatro meses después de su transmisión por parte del CEDS al Comité de ministros del Consejo de Europa, si este no aprueba antes una resolución o una recomendación.

Desde CCOO se han mostrado satisfechos con esta decisión y se mantienen a la espera de conocer qué medidas determina el Consejo de Europa que deberán cumplir las administraciones en España para que dejen de vulnerarse esos derechos. «Entendemos que obligarán a que restituyan el suministro eléctrico de manera permanente», ha precisado Rodríguez.

La demanda colectiva fue presentada hace dos años y medio, el 2 de marzo de 2022, por cinco organizaciones, entre ellas CCOO, ante el Comité Europeo de Derechos Sociales.

En su denuncia, las organizaciones demandantes alegaron que los cortes de electricidad, que comenzaron en octubre de 2020 y aún continúan, estaban teniendo un grave impacto negativo en la vida de al menos 4.500 habitantes, incluidos unos 1.800 niños.

Los demandantes entendían que se está produciendo una violación de dos bloques de derechos protegidos en la Carta Social Europea y denunciaban el quebranto de hasta diez artículos relacionados con derechos transversales como el derecho a la vivienda, el derecho a la protección de la salud, el derecho a la protección contra la pobreza y la exclusión social, y el derecho a trabajar.

En concreto, los denunciantes alegaron una violación del artículo 11, por el impacto de los cortes de electricidad en la salud de las personas afectadas, incluido un aumento de las infecciones respiratorias, enfermedades dermatológicas y circulatorias relacionadas con el resfriado, dificultades en el uso de dispositivos médicos esenciales, casos de intoxicación por monóxido de carbono, quemaduras, etcétera.

También alegaron una violación del artículo 15 porque la falta de electricidad impide a las personas con discapacidad ejercer plenamente su derecho a la independencia, la integración social y la participación en la vida de la comunidad; una violación del artículo 16 debido a la falta de garantía por parte del Estado del derecho a una vivienda de un nivel adecuado; del artículo 17.1 (a) y (b) y del artículo 17.2, por impedirse el pleno desarrollo de la personalidad de los niños y jóvenes y afectar a su acceso a la educación, fomentando el ausentismo y dificultando el estudio; y del artículo 20 (a) y 27.1 (a), por afectar desproporcionadamente la vida de las mujeres trabajadoras, incluidas las que tienen responsabilidades familiares.

Asimismo, denunciaron una violación del artículo 23 porque el Estado no ha implementado medidas adecuadas destinadas a proteger a las personas mayores afectadas por los cortes de energía; del artículo 30, por no haber adoptado el Estado medidas que protejan a los vecinos de los sectores 5 y 6 de Cañada Real, contra la pobreza y la exclusión social; y del artículo 31, por no haber adoptado ninguna medida efectiva para evitar la interrupción de los servicios esenciales, incluido el suministro de electricidad.

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E.B.

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