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El BOE hace oficial la transferencia a Euskadi de las competencias de cinematografía y gestión del litoral

En dos reales decretos, firmados por el Rey Felipe VI y el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se hace oficial la transferencia de competencias al País Vasco en materia de Actividad cinematográfica y audiovisual a partir del 1 de enero de 2025 y la de Ordenación y Gestión del Litoral a partir del 1 de abril de ese mismo año.

Así se acordó la semana pasada en la Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Comunidad Autónoma del País Vasco, presidida por el ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres, y en la que en representación del País Vasco estuvo la consejera de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno, María Ubarretxena.

En materia de Ordenación y Gestión del Litoral, se traspasa a la Comunidad Autónoma vasca, en relación con la gestión de los títulos de ocupación y uso del dominio público marítimo-terrestre en el litoral del País Vasco, respetando el régimen jurídico vigente, determinadas funciones y servicios que, en el ámbito de la administración, la inspección y la potestad sancionadora, viene desempeñando la Administración General del Estado. El traspaso de funciones y servicios objeto de este Acuerdo tendrá efectividad a partir del día 1 de abril de 2025.

La Comisión Mixta de Transferencias ha acordado también la ampliación de funciones de la Administración del Estado traspasadas al País Vasco por el Real Decreto 3069/1980, en materia de fundaciones, asociaciones culturales, libro y bibliotecas, cinematografía, música y teatro, juventud y promoción sociocultural, patrimonio histórico-artístico y deportes.

En virtud de este Acuerdo, la Comunidad Autónoma asume en su ámbito territorial las funciones relativas a la gestión de las ayudas para el fomento de la actividad divulgadora de la diversidad cultural, el desarrollo de proyectos audiovisuales y la promoción del audiovisual en euskera.

Por otro lado, se atribuye a la Comunidad Autónoma la gestión de la recaudación de las contribuciones al Fondo de fomento de la cinematografía y el audiovisual en lenguas cooficiales distintas al castellano. La ampliación de funciones objeto de este Acuerdo tendrá efectividad a partir del día 1 de enero de 2025.

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E.B.

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