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El Ayuntamiento aprueba la nueva zona de aparcamiento de Usera en beneficio de los residentes

La Zona de Aparcamiento Vecinal (ZAV) en Usera ya tiene el visto bueno del pleno del distrito. Los votos favorables de Ahora Madrid y PSOE – abstención de PP y Ciudadanos – han dado ‘luz verde’ una medida que busca facilitar el aparcamiento de residentes, evitar el efecto frontera y el tráfico de vehículos en búsqueda de estacionamiento, y reducir las malas prácticas (estacionamientos en aceras o zonas prohibidas).

La ZAV debe ahora terminar de definirse y será aprobada por Junta de Gobierno. Habrá un periodo de alegaciones antes de su elevación al Pleno municipal para incorporarla a la Ordenanza de Movilidad Sostenible.

Las ZAV se componen de dos tipos de espacios: los destinados exclusivamente para el aparcamiento de residentes y otros de rotación previo pago en los que se podrá aparcar un máximo de dos horas. A diferencia del SER (Servicio de Estacionamiento Regulado) se realiza bajo petición vecinal y no tiene coste para las personas residentes.

Según informa un comunicado del consistorio, “las personas empadronadas en los barrios de Moscardó, Almendrales, Zofío y Pradolongo, tendrán la condición de residentes en los cuatro barrios no existiendo normas ni condiciones diferentes en función del lugar en el que vivan”.

Para evitar el ‘efecto frontera’ laboral, se propone el establecimiento de un horario determinado, que comprende desde las 09:00 de la mañana a las 17:00 horas, ampliable hasta las 19:00 horas en zonas de afluencia masiva, como el campo de fútbol de Moscardó, el club de natación con la misma denominación o el polideportivo municipal de Orcasitas.

Colectivos autorizados

Podrán estacionar en una ZAV, tanto en zonas exclusivas para residentes como en el resto de uso general, sin limitación de duración de estacionamiento y sin pago de tasa: vehículos de dos y tres ruedas; vehículos autotaxi o de alquiler de servicio público (con conductor ocupando el coche); vehículos con Tarjeta para el Estacionamiento de Personas de Movilidad Reducida (TEPMR), o los titulares de las licencias de los establecimientos comerciales radicados en la Zona ZAV con vehículos destinados al autoabastecimiento del comercio.

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E.B.

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