El titular del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao ha declarado la nulidad de una cláusula suelo, con carácter retroactivo, y ha condenado a la entidad, Novagalicia, a abonar a su cliente un total de 11.973,10 euros “indebidamente satisfechos” hasta febrero de 2013, por considerar que le impidió beneficiarse de la bajada de tipos del 3,25%.
Según recoge la agencia Europa Press, Novagalicia deberá reintegrar al demandante “las cantidades indebidamente satisfechas” como consecuencia de la cláusula, “con los intereses” desde la fecha de interposición de la demanda hasta su sentencia, “incrementados en dos puntos desde la fecha de la sentencia hasta su pago”.
Además, debido a la íntegra interposición de la demanda, la entidad deberá hacerse cargo de las costas procesales.
La sentencia, fechada el 19 de junio y hecha pública este lunes, recoge que el contrato de préstamo, suscrito en 1996, acordó un interés variable con suelo del 3,25% y techo del 9,75%. Los demandantes, exigieron la nulidad de la cláusula suelo incluida en el contrato y reclamaron “las cantidades que se cobraron de más por la entidad en virtud de su aplicación”, un total de 11.973,10 euros.
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