Un juzgado de Vigo ha condenado a Novagalicia a devolver 1.860 euros más intereses a una joven a la que la entidad pasó los fondos que tenía en una cartilla infantil a participaciones preferentes y ha declarado nulo el contrato de dicha operación.
La sentencia, de la que se ha hecho eco Europa Press, sostiene que no hay ningún motivo por el que se pueda pensar que la joven o su madre, que fue la que firmó el contrato en su nombre, tuvieran “la experiencia inversora suficiente como para concluir que el error hubiera sido fruto de su propia negligencia o desatención», pues se trata de un producto «complejo».
El texto destaca además que la denunciante y su madre podrían haber confundido el producto financiero “con algo parecido a un depósito a plazo, del que las participaciones preferentes se diferencian de forma sustancial, pero cuyos elementos diferenciales no fueron adecuadamente puestos de manifiesto por la entidad bancaria».
Asimismo, la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Vigo indica que no quedó constancia de que se les hubiera informado correctamente de los riesgos que suponía esta operación.
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