Un juzgado de Ourense ha condenado a Novagalicia Banco a devolver a una familia de O Carballiño los 72.960 euros que habían invertido en participaciones preferentes de la entidad. La sentencia declara la nulidad de los contratos y operaciones por los que se adjudicaron a los demandantes los citados productos bancarios.
El fallo incluye el pago de la totalidad del dinero invertido por la familia en preferentes y deuda subordinada así como de los intereses acumulados desde la firma de los documentos de los productos bancarios en enero de 2014. La entidad deberá hacer frente también al pago de los costes del juicio.
El juez determina además, según ha indicado el letrado de la asociación Ausbanc, que nunca ha existido un contrato entre el banco y los clientes afectados porque para ello debe haber un consentimiento por las dos partes sobre lo que se está contratando.
Los afectados con un matrimonio de la localidad de O Carballiño a los que, según el letrado, se les ofreció un producto que “sólo se les ofrecía a los mejores clientes y con más antigüedad”. «Hasta en tres ocasiones distintas le fueron poniendo a su nombre preferentes y subordinadas, salvo la primera vez que en la que sí hay una orden de compra firmada, lógicamente sin saber lo que era”, ha añadido el abogado.
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