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La Generalitat intenta evitar que los ‘bancos’ huyan de Cataluña

El nuevo impuesto sobre depósitos de clientes en entidades financieras aprobado por la Generalitat catalana contempla como “infracción grave la deslocalización de depósitos que, provenientes de oficinas situadas en Cataluña, se contabilicen en oficinas situadas fuera de este territorio”. No obstante, también contempla deducciones por cada sucursal en Cataluña o por inversiones en la región.

“La sanción tributaria correspondiente a la infracción por deslocalización de depósitos será igual al 50% de la cuota dejada de ingresar por este concepto”, según el decreto, aunque, en caso de reincidencia, “la sanción podrá llegar al 100 % de la cuota dejada de ingresar”, concreta otro artículo del decreto.

Al mismo tiempo, habrá deducciones de la cuota resultante en 200.000 euros para aquellas entidades de crédito cuya sede esté en Cataluña, y de 5.000 euros por cada sucursal u oficina que tengan en Cataluña, una cantidad que será de 5.500 euros si estas están situadas en municipios con un padrón inferior a 2.000 habitantes.

Además, también habrá deducciones por aquellos créditos, préstamos e inversiones destinados a finalidades de interés social, utilidad pública y, en general, de promoción económica en Cataluña, con proyectos público-privados en territorio catalán o bien para aquellos fondos relacionados con la obra social de estas entidades.

El nuevo impuesto sobre depósitos bancarios de Cataluña no recae sobre los clientes, sino sobre las propias entidades. En concreto, se aplicará a los depósitos a la vista y a los depósitos a plazo captados en Cataluña por entidades financieras cuya sede está en esta comunidad o que tienen oficinas en este territorio. Los primeros 150 millones en depósitos tributan al 0,3%, mientras que hasta 600 millones será del 0,4%. A partir de esa tasa, se aplicará el 0,5%.

Tal y como ya publicó EL BOLETÍN, esta tasa no podrá recaudarse, ya que la tasa estatal entrará en vigor en enero, pero en principio permitirá a la autonomía percibir la compensación que el Estado deberá pagar a todas las regiones, como Andalucía, Canarias y Extremadura, que ya tenían un tipo impositivo similar.

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E.B.

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