Al igual que ocurre con las ayudas de los 400 euros, los ciudadanos que quieran acogerse a la dación en pago en el caso de que no puedan pagar su hipoteca deberán cumplir unos requisitos muy especiales. No sólo todos los miembros de la familia que vivan bajo el techo hipotecado deberán estar en el paro, sino que tampoco debe tener ingresos el avalista que figure en el contrato.
La pasada primavera el Ministerio de Economía aprobó un Decreto Ley que introducía por primera vez la dación en pago obligatoria para ciertos casos especiales de riesgo de exclusión social .
Además, el cliente que quiera acogerse a esta medida deberá entregar a la entidad numerosa documentación que demuestre que cumple con los requisitos necesarios. Según indica el propio Real Decreto-ley 6/2012 de medidas urgentes de protección de deudores hipotecarios sin recursos, aprobada por el Gobierno en marzo, esta documentación es la siguiente:
– Certificados expedidos por el Servicio Público de Empleo competente acreditativos de la situación de desempleo de los miembros de la unidad familiar residentes en la vivienda. En caso de trabajador por cuenta propia sin rentas, se aportará el certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
– Certificado de rentas expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria con relación al último ejercicio tributario.
– Certificados de titularidades expedidos por el Registro de la Propiedad en relación con cada uno de los miembros de la unidad familiar.
– Libro de familia o documento acreditativo de la inscripción como pareja de hecho.
– Certificado de empadronamiento relativo a las personas empadronadas en la vivienda, con referencia al momento de la presentación de los documentos acreditativos y a los seis meses anteriores.
– Escrituras de compraventa de la vivienda y de constitución de la garantía hipotecaria y otros documentos justificativos, en su caso, del resto de las garantías reales o personales constituidas, si las hubiere.
– Declaración responsable del deudor o deudores relativa al cumplimiento de los requisitos exigidos para considerarse situados en el umbral de exclusión según el modelo aprobado por la comisión constituida para el seguimiento del cumplimiento del Código de Buenas Prácticas.
Junto a esta documentación, los interesados deben entregar asimismo un escrito solicitando formalmente la dación en pago a su entidad.
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