Categorías: Economía

¿No declaras tu piso alquilado? Así puede pillarte Hacienda

El recibo de la luz o las visitas por sorpresa de funcionarios de Hacienda a la vivienda pueden delatar un alquiler no declarado. Más de un millón de pisos en alquiler en España no se declara a Hacienda. En total, el 41,4% de los alquileres son fraudulentos, según las estimaciones de los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). A pesar de que el número de estas ilegalidades es aún alto, en los últimos años se ha reducido sensiblemente, al tiempo que la Agencia Tributaria ha ido enseñando sus armas para poner freno a este tipo de prácticas.
 
Hacienda tomó cartas en el asunto a partir de la Ley Antifraude de 2006, aunque hasta 2010 las medidas no se pusieron en marcha. Aun así, la principal de ellas no se podía llevar a cabo sin la complicidad de las empresas eléctricas. Estas compañías comenzaron a facilitar la referencia catastral de los inmuebles (viviendas, locales, parcelas…) en donde estaban situados los puntos de suministro y los contadores. A raíz de dicha información, aquellas viviendas con altos consumos eléctricos cuyos propietarios declaran estar desocupadas suelen ser sinónimo de alquiler fraudulento.
 
La información que facilita el inquilino que declara su alquiler para sacar provecho en la declaración de la renta o las visitas sorpresas por parte de los profesionales de la Agencia Tributaria son otras de las armas de Hacienda, aunque este último mecanismo sea menos efectivo. “Es un fraude muy sencillo de descubrir”, asegura el secretario general de Gestha, José María Mollinedo, en declaraciones a ElBoletín.com. “Gracias al control del consumo eléctrico hubo un gran número de personas que empezaron a presentar mejores declaraciones. Se descubrieron negocias sumergidos e incluso plantaciones de sustancias ilegales”, asegura Mollinedo.
 
Lo cierto es que gracias a este tipo de movimientos por parte de la Agencia Tributaria, el arrendamiento sumergido ha disminuido 12,6 puntos porcentuales desde 2007, año en el que los alquileres fraudulentos alcanzaban el 54,03%, siendo los últimos años donde mayor caída ha habido de los datos, pasando en apenas un año de los 1,3 millones de alquileres no declarados en 2015 a los 1.009.600 en 2016.
 
“Con esta medida se comenzó a correr la voz. Que corra la voz es casi más efectivo que las comprobaciones”, relata el secretario general del sindicato de los técnicos de Hacienda. Un boca a boca donde no declarar dichos alquileres en la declaración de la renta trae peores consecuencias que lo que se logra defraudar.
 
Según explican a ElBoletín.com fuentes del bufete de abogados Legálitas, la mayor responsabilidad en caso de que se descubra el fraude recae sobre el propietario. A pesar de que el inquilino también tendría que pagar un “pequeño impuesto”, el propietario deberá tanto abonar lo no declarado en la declaración de la renta, así como “una multa mínima de un 50% de la diferencia entre lo incluido en la declaración y lo que no”. Por ejemplo, si el propietario no ha declarado 12.000 euros gracias a ese alquiler, en el momento en el que se aplica el expediente sancionador el importe total que se tendría que abonar seria mínimo de 18.000 euros.
 
No obstante, al igual que sucede con las multas de tráfico, en este tipo de sanciones también hay posibilidades de reducir el importe total. “Si se paga voluntariamente sin recurrir se puede reducir la multa un 25%”, afirman desde Legálitas. “Lo adecuado es asumir la multa. Aun así hay que revisar si están incluyendo los gastos del inmueble (comunidad, IBI…), no sólo los ingresos que sacas del alquiler. Revisarlo es importante porque la multa puede cambiar muchísimo”, sentencian desde el bufete de abogados.
 
Ahora bien, el momento adecuado para realizar este tipo de movimientos e intentar minimizar el impacto de la multa es en la primera fase de la investigación: cuando Hacienda envía una paralela. En ese momento, y teniendo en cuenta que normalmente la investigación acaba en multa, si se reconoce el fraude y se facilitan todos los datos, puede reducir hasta 150 o 200 euros más la reclamación de que se incluyan los gastos del inmueble.

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E.B.

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