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El Supremo tumba la absolución de dos exdirectivos de la CAM por las dietas irregulares

Ordena repetir la resolución de la Audiencia Nacional teniendo en cuenta las peticiones realizadas como acusación particular por la CAM y el FGD. El Tribunal Supremo ha anulado la sentencia dictada el pasado mes de febrero por la Audiencia Nacional que absolvió al exdirector general de la Caja de Ahorros del Mediterráneo (CAM) Roberto López Abad y al expresidente de la Comisión de Control Juan Ramón Avilés por favorecer dietas presuntamente irregulares que habrían cobrado 19 miembros de la entidad, que oscilaron entre los 9.000 y 308.700 euros. Ordena repetir la resolución teniendo en cuenta las peticiones realizadas como acusación particular por la propia CAM y el Fondo de Garantía de Depósito (FGD).

Según recuerda la agencia Europa Press, ambos directivos fueron absueltos de los delitos de apropiación indebida, administración desleal y otorgamiento de contrato de contrato simulado en relación al cobro de las dietas y la concesión de créditos a empresas vinculadas a Avilés.

En su resolución, la Audiencia Nacional fundamentó sus absoluciones en el hecho de “todos los préstamos y disposiciones extraordinarias fueron bendecidos por la entidad y pasaron todos los filtros internos”.

La resolución del alto tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Palomo del Arco, ordena que la Audiencia Nacional que dicte una nueva sentencia donde acepte la legitimación de la CAM y del FGD para ejercer la acusación particular y en la que resuelva todas las cuestiones que dichas representaciones alegaron al finalizar el juicio oral. La Fiscalía ha apoyado los recursos de ambas entidades.

Según el Supremo, la Audiencia Nacional denegó de forma “irrazonable” la legitimación para ejercer la acusación particular a la personal jurídica inicialmente “ofendida” por el delito, que era la propia caja de ahorros, y a quien se había encargado de sanear la entidad en defensa del sistema financiero nacional, el FGD.

Ambas partes participaron en l vista oral como acusaciones particulares y formularon conclusiones definitivas, pero les fue negada la legitimación en la sentencia, que no se pronunció sobre estas alegaciones.

La sentencia de la Audiencia Nacional también exoneró a otros 18 miembros de la Comisión de Control de la CAM que percibieron, junto al presidente Avilés y gracias a su nombramiento en otra comisión creada en la sociedad participada al cien por cien por la caja, Tenedora de Inversiones y Participaciones, un total de 1.289.931 euros.

En el caso de López Abad, el tribunal consideró que desde su cargo de director general “no pudo” idear o planear la estrategia para el pago de estas dietas ni contribuyó “burdamente” a la creación de un órgano como instrumento para la percepción de una retribución, como defendía Anticorrupción.

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E.B.

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