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El Gobierno potencia las pensiones privadas con un recorte de comisiones de hasta el 30%

La nueva medida reducirá la comisión máxima un 30% (del 2,5% al 1,75%) lo que va a beneficiar a 4,5 millones de participes con un ahorro de 121 millones de euros anuales, según los cálculos del gobierno. El Consejo de Ministros ha aprobado una serie de normas que actualizan el marco jurídico de los Planes y Fondos de pensiones, del sector asegurador y de la mediación de los seguros, según ha anunciado el Ministerio de Economía y Competitividad, que aclara que las principales medidas consisten en el abaratamiento de las comisiones que pagan los partícipes y en elevar la transparencia en la información que reciben.

En concreto, el Real Decreto que modifica el reglamento de Planes y Fondos de pensiones, entre otras normas del mismo ámbito, reduce las comisiones máximas legales de gestión y depósito para adaptarlas a la situación de los mercados financieros actuales, nacionales e internacionales.

Esta medida supone reducir la comisión máxima un 30% (del 2,5% al 1,75%) lo que va a beneficiar a 4,5 millones de participes con un ahorro de 121 millones de euros anuales, según los cálculos del Gobierno. En concreto, la comisión máxima de gestión se reduce del 2% al 1,5% sobre la cuenta de posición del plan de pensiones, con la posibilidad de sustituir dicho porcentaje por el 1,2% del valor de la cuenta de posición más el 9% de la cuenta de resultados. La comisión máxima de depósito se reduce del 0,5% al 0,25% sobre la cuenta de posición del plan de pensiones. Los nuevos límites entrarán en vigor dos meses después de la publicación de la norma en el BOE.

El RD impulsa además la transparencia en los Planes de Pensiones al ampliar la información que preceptivamente recibe el partícipe antes de contratar un plan de pensiones individual a través del documento de datos fundamentales. Se añadirá el detalle de todas las inversiones de los Fondos de Pensiones al cierre de cada ejercicio y se informará también de la rentabilidad generada por el fondo en los últimos 20 años. También deberá facilitarse el acceso a la información a través del sitio web de la gestora o su grupo. Mejorará la comunicación previa de riesgos al partícipe para que conozca de antemano, entre otros asuntos, que los planes de pensiones son ilíquidos (o con liquidez limitada), no garantizan rentabilidad, salvo la externa, y que el riesgo de la inversión es de los partícipes y beneficiarios.

El nuevo Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que el Gobierno ha aprobado también para su remisión a las Cortes, incluye un nuevo supuesto de liquidez para los partícipes de los Planes y Fondos de Pensiones, junto a los actualmente existentes de enfermedad grave y desempleo de larga duración. En los planes de pensiones Individuales y Asociados se podrá disponer de los derechos consolidados correspondientes a aportaciones realizadas a partir del 1 de enero de 2015 una vez que estas tengan 10 años de antigüedad.

También se podrá disponer de los derechos económicos que el participe tuviese a 31 de diciembre de 2014 una vez que transcurran 10 años. Esto implica que en todo caso las aportaciones y derechos no podrán hacerse líquidas antes del 1 de enero de 2025. En los planes de pensiones de Empleo se establecerá lo mismo, siempre que esté previsto en las especificaciones y el compromiso lo permita. Reglamentariamente se recogerán condiciones, requisitos y límites para hacer efectiva la liquidez.

Este régimen de liquidez se aplicará a los planes de pensiones Individuales, Asociados y de Empleo. Y también a los planes de previsión asegurados, planes de previsión social empresarial y a los contratos de seguros suscritos con Mutualidades de Previsión Social que reducen la base imponible del IRPF, según el artículo 51 de la Ley 35/2006. En el caso de los planes de previsión social empresarial se exige que el supuesto esté previsto en el condicionado de la póliza y lo permita el compromiso.

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El Gobierno potencia las pensiones privadas con un recorte de comisiones de hasta el 30%

E.B.

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