Con esta modificación, “se dará pleno cumplimiento a la sentencia del tribunal de Luxemburgo”, ha señalado el ministro. Los deudores hipotecarios que vean desestimada su oposición a la ejecución de sus hipotecas podrán recurrir ante el juez, como hasta ahora podían hacer las entidades financieras cuando no se les daba la razón, según ha anunciado hoy el ministro de Economía, Luis De Guindos, que considera que con esta modificación se da cumplimiento al fallo del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Durante su comparecencia en la Comisión de Economía del Congreso, Guindos ha asegurado que las familias “podrán recurrir el auto del juez que hubiera desestimado su oposición a la ejecución hipotecaria”. En su opinión, con ese paso “se dará pleno cumplimiento a la sentencia del tribunal de Luxemburgo”. Esta modificación de la Ley Concursal se realizará, probablemente, en el Consejo de Ministros del próximo 29 de agosto.
Según recoge la agencia Europa Press, el TJUE sentenció la pasada semana que la legislación Antidesahucios de España viola la Carta de Derechos Fundamentales de la UE, que consagra el derecho a la tutela judicial efectiva de todos los ciudadanos, ya que mientras las entidades financieras sí pueden recurrir en segunda instancia si el juzgado da la razón al deudor y suspende la ejecución por existir cláusulas abusivas, los consumidores no pueden proceder del mismo modo cuando se falla a favor del banco.
El ministro ha defendido, no obstante, que más de 19.500 familias se han beneficiado de las medidas de protección de los afectados por las hipotecas puestas en marcha por el Ejecutivo. En concreto, en virtud del Código de Buenas Prácticas se han practicado 6.500 reestructuraciones viables y también ha habido más de 2.100 daciones en pago. Por su parte, el Fondo Social de Vivienda ha adjudicado más de 900 viviendas y se han suspendido unos 10.000 lanzamientos gracias a la moratoria de dos años.
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