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La Audiencia de Sevilla confirma la pena de dos años y medio de cárcel para Ortega Cano

El tribunal ha añadido el delito contra la seguridad vial por conducir bajo los efectos del alcohol, del que había sido absuelto el extorero La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha confirmado la pena de dos años, seis meses y un día de cárcel impuesta al extorero José Ortega Cano por el accidente de tráfico que provocó la muerte a Carlos Parra en mayo de 2011, informa Europa Press. El tribunal, además, ha añadido el delito contra la seguridad vial por conducir bajo los efectos del alcohol, del que fue absuelto por el Juzgado de lo Penal número 6.

La Sección Primera revoca el fallo del Juzgado de lo Penal número 6 de Sevilla, que condenó al exmatador de toros a dos años y medio de prisión únicamente por un delito de homicidio por imprudencia grave y un delito contra la seguridad vial por conducción temeraria, así como a tres años y medio de privación del derecho de conducir vehículos a motor y ciclomotores.

A diferencia de la Audiencia, la juez Sagrario Romero lo absolvió del delito contra la seguridad vial en su modalidad de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, pues consideró que se había roto la cadena de custodia de la sangre extraída y analizada por el Instituto Nacional de Toxicología, cuyo análisis arrojó un resultado de 1,26 gramos de alcohol por litro en sangre.

Tanto la Fiscalía como la acusación particular ejercida por la familia de la víctima recurrieron la sentencia de la juez de lo Penal y pidieron elevar la pena a cuatro años de cárcel, mientras que la defensa del acusado solicitó su libre absolución.

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La Audiencia de Sevilla confirma la pena de dos años y medio de cárcel para Ortega Cano

E.B.

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