La CNMC dispone de un plazo máximo de seis meses para instruirlo y resolverlo. La CNMC (Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia) ha decidido incoar un expediente sancionador a RTVE por superar el límite de tiempo de emisión dedicado a autopromociones.
Competencia recuerda que el artículo 13.2 de la Ley General de Comunicación Audiovisual (LGCA) establece que “para la comunicación audiovisual televisiva, el tiempo dedicado a los anuncios publicitarios sobre sus propios programas y productos no podrá superar los 5 minutos por hora de reloj y sus contenidos estarán sujetos a las obligaciones y prohibiciones establecidas con carácter general para la publicidad comercial”.
Las infracciones detectadas en RTVE tuvieron lugar en marzo de 2016 en sus canales de televisión La 1 y La 2.
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación, señala la CNMC en una nota. Se abre ahora un periodo máximo de 6 meses para la instrucción del expediente y resolución del expediente por parte dela CNMC. RTVE dispone de un plazo de quince días para presentar alegaciones.
La mejora de las cifras llega en un momento en el que Netflix trata de…
El acuerdo entre ambas formaciones pone fin a una etapa de incertidumbre institucional en Extremadura,…
La Bolsa de Nueva York prolongó su recuperación en una sesión en la que el…
El aviso llega en pleno arranque de la temporada alta de verano, con las compañías…
Tomar la decisión de rasurarse el cabello cuando se está frente a la quimioterapia puede…
La salud bucodental ha dejado de ser una cuestión estética para consolidarse como un indicador…