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Consumo abre expediente sancionador a Alquiler Seguro y apunta a más compañías

El procedimiento de sanción a esa gran agencia inmobiliaria parte de la investigación que Consumo puso en marcha el pasado mes de octubre y que continúa abierta respecto a otras inmobiliarias que también podrían haber cometido éstas u otras prácticas.

La Dirección General de Consumo ha requerido información a estas agencias tras recibir denuncias sobre este tipo de acciones por parte del Sindicato de Inquilinas-CECU, Facua y la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).

El portavoz de Facua, Rubén Sánchez, ha celebrado la noticia y ha señalado que «hay que erradicar» las prácticas de estas inmobiliarias, algo que solo se puede hacer «a base de sanciones realmente contundentes».

Las denuncias apuntan a infracciones como el pago de una comisión por la gestión del arrendamiento, imponer la contratación de un seguro o la obligación de contratar servicios no solicitados por el inquilino.

LA COMISIÓN, CONTRARIA A LA LEY

En este sentido, Consumo recuerda que la Ley de Vivienda prohíbe expresamente trasladar a los inquilinos los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato. Asimismo, indica que estas cláusulas o prácticas podrían ser constitutivas de infracciones que, según la Ley de Defensa de los Consumidores, podrían calificarse como graves o muy graves.

En caso de ser consideradas infracciones graves, las multas podrían ser de hasta 100.000 euros, pudiéndose sobrepasar esas cantidades hasta alcanzar entre cuatro y seis veces el beneficio ilícito obtenido. Si se calificaran como muy graves, las multas podrían llegar hasta el millón de euros, pudiéndose superar esa cantidad hasta alcanzar entre seis y ocho veces el beneficio ilícito obtenido.

Este nuevo procedimiento de sanción por parte de Consumo se une al expediente sancionador que el Ministerio abrió hace tres meses, también en el ámbito de la vivienda, a una plataforma dedicada al alquiler de viviendas turísticas.

En este caso, el expediente se puso en marcha porque esta plataforma mantiene miles de anuncios de alojamientos de este tipo que fueron catalogados como publicidad ilícita por suponer una infracción de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios.

La Dirección General de Consumo solicitó a la plataforma que retirara de forma inminente estos anuncios y, ante su negativa, se le incoó el expediente.

En esta misma línea, Consumo abrió en febrero expedientes sancionadores a empresas que administran viviendas turísticas en distintas comunidades autónomas tras detectarse que estas gestoras estarían ofreciendo «información falsa o información que, aun siendo veraz, puede inducir a error a los destinatarios, por su contenido o presentación», lo que supondría una práctica engañosa susceptible de alterar el comportamiento económico, como define el Artículo 5 de la Ley de Competencia Desleal.

Esto es, por ejemplo, indicar en el anuncio que quien gestiona un alojamiento turístico es una persona particular, o varias, cuando en realidad se trataría de una empresa.

El Ministerio que dirige Pablo Bustinduy defiende que la vivienda es un derecho y un bien de primera necesidad amparado por la ley.

Todas estas iniciativas, destaca Consumo, se enmarcan en el objetivo fijado como acción prioritaria del Ministerio de proteger los derechos de los consumidores en el acceso a la vivienda.

Sobre los derechos de los inquilinos, desde Consumo ya se han llevado a cabo acciones informativas con los operadores del mercado sobre potenciales conductas abusivas en los contratos de alquiler. Se tratarían de prácticas que también son contrarias a la normativa vigente como exigir a inquilinos el pago de fianzas desproporcionadas, que asuman garantías adicionales o que tengan que pagar mensualidades adelantadas.

La Dirección General de Consumo precisa que la iniciación de este expediente sancionador no prejuzga el resultado final de la investigación.

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E.B.

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