Franciasco Granados, Esperanza Aguirre, José María Aznar, Cristina Cifuentes y Manuel Cobo
Una filtración en el marco de la llamada ‘Operación Púnica’ originó un grave daño a la investigación policial y un beneficio económico para el ex consejero de la Comunidad de Madrid Francisco Granados. Así lo constata el Tribunal Supremo, que ha confirmado este jueves la condena de dos años de cárcel para el ex consejero de Esperanza Aguirre.
Además de a Granados, el Supremo ha condenado también con dos años de prisión al guardia civil José Manuel Rodriguez Talamino, y a un año y 6 meses al agente en excedencia de este Cuerpo Jose Luis Caro Vinagre por una filtración que “originó un grave daño a la investigación policial y un beneficio económico para Granados”.
La Sala confirma las condenas por delito de violación de secreto agravado, en el caso de Rodríguez Talamino, y delito agravado de aprovechamiento de secreto revelado por funcionario público, en el caso de Granados y Caro Vinagre.
La Audiencia Nacional condenó a los tres recurrentes por unos hechos que se remontan al mes de septiembre de 2014. Dentro de la investigación por delitos de corrupción de la llamada ‘operación Púnica’, el agente José Manuel Rodríguez Talamino recibió la orden de colocar en la localidad madrileña de Pinto una cámara oculta en la puerta de las oficinas de otro de los investigados, David Marjaliza.
El agente alertó a Granados de que la UCO estaba actuando en Pinto y que vigilaba la sede de Éboli, donde se encontraba el despacho de David Marjaliza. Un día después, Granados en conversación telefónica con Marjaliza le informó de lo sucedido, que entendió como ‘una advertencia’, avisándole de los seguimientos policiales.
El Supremo describe cómo la filtración de la investigación de la UCO derivó de modo inmediato en que tanto Granados como Marjaliza adoptaran nuevas cautelas, distintas de las que hasta entonces habían observado.
Esa circunstancia imposibilitó la verificación mediante grabación u observación directa la identidad de las personas que acudían a las oficinas de Marjaliza, “donde se suponía que se pagaban comisiones a personas que, ocupando cargos municipales, favorecían sus intereses”, describe el Supremo en su auto.
Además, según la conclusión del Alto Tribunal, la filtración permitió a los investigados llevar a cabo actos de protección como resulta de sus conversaciones orientadas a la desaparición de documentos, “entorpeciendo de modo evidente la marcha de una investigación que afectaba, además, a delitos de tanta gravedad como los relacionados con la corrupción”.
La sentencia explica que la utilización de la información recibida se tradujo directamente en un “beneficio económico” para Granados y para Marjaliza, “mediante la ocultación del dinero que poseían en metálico y su inicial sustracción a la investigación concreta y avanzada a la que supieron que estaban siendo sometidos”.
Granados, además de pedir a Marjaliza que destruyera la documentación que lo relacionaba con sus negocios, escondió el dinero que poseía en metálico (casi un millón de euros) en casa de sus suegros. Por su parte, Marjaliza también ocultó el que guardaba en metálico en su caja fuerte y lo llevó a una caja de seguridad de una entidad bancaria.
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