El Boletín Oficial del Estado del viernes 11 de octubre de 2019 publica resolución de la Dirección General de Trabajo sobre la relación de fiestas laborales para el año 2020.
El año próximo habrá ocho días que serán festivos retribuidos y no sustituibles en toda España y otros cuatro de carácter autonómico.
Además de estos doce días festivos, cada ayuntamiento fijará otros dos días libres de carácter local.
Estas son las festividades nacionales del año que viene:
1 de enero: Año Nuevo (miércoles)
6 de enero: Epifanía del Señor (lunes)
19 de marzo: San José (jueves)
9 de abril: Jueves Santo
10 de abril: Viernes Santo
13 de abril: Lunes de Pascua
1 de mayo: Fiesta del Trabajo (viernes)
25 de julio: Santiago Apóstol (sábado)
15 de agosto: Asunción de la Virgen (sábado)
12 de octubre: Fiesta Nacional de España (lunes)
2 de noviembre: Lunes siguiente a Todos los Santos
7 de diciembre: Lunes siguiente al Día de la Constitución Española
8 de diciembre: Inmaculada Concepción (martes)
25 de diciembre: Natividad del Señor (viernes).
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