Sede de Telefónica
El caso se remonta a enero de 2013, cuando el Ejecutivo comunitario impuso multas de 66.894.000 euros a Telefónica y de 12.290.000 euros a Portugal Telecom por violar las reglas de competencia de la UE cuando tres años antes, en el contexto de la compra de la brasileña Vivo por Telefónica, ambos firmaron cláusulas para no hacer competencia al otro en los mercados de España y Portugal.
En concreto, la cláusula indicaba que no competirían entre sí en España y Portugal a partir de finales de septiembre de 2010, aunque las partes pusieron fin al pacto de no competencia a principios de febrero de 2011, cuando las autoridades comunitarias incoaron un procedimiento.
La primera multa fue recurrida ante el Tribunal de Justicia de la UE, quien confirmó la infracción de las reglas antimonopolio y la responsabilidad de las compañías, pero anuló la multa y ordenó a Bruselas tener en cuenta en un nuevo cálculo los argumentos de la defensa de Telefónica y Portugal Telecom. El fallo fue confirmado en última instancia en 2017.
En este contexto, la Comisión informa ahora de su decisión de imponer de nuevo una multa 66.894.000 euros a Telefónica y de 12.146.000 a la empresa lusa tras revisar los cálculos.
Los servicios comunitarios han usado los mismos parámetros de gravedad, duración y circunstancias agravantes y mitigadoras que en la anterior decisión para estimar la cuantía de la multa, según un comunicado en el que precisa que también se han excluido ciertos valores tras revisar los argumentos de las compañías.
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