Banco Popular
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Majadahonda ha anulado una compra de acciones de Banco Popular realizada por un particular después a la ampliación de capital de 2016.
El Banco Santander tendrá que pagar al demandante los más de 176.000 euros que invirtió en la operación, según apunta Europa Press.
“El particular compró acciones de Banco Popular en noviembre de 2016, seis meses después de la ampliación de capital, a través de otra entidad bancaria, bajo la creencia de que se trataba de un banco solvente y que la operación le proporcionaría unos beneficios importantes en poco tiempo, como mostró Popular a través de la información publicada relativa a la ampliación”, recoge la agencia de noticias..
La jueza considera que Popular fue el portador de las acciones y quien se encargó de difundir la información errónea. “De haberse dado una información fiel, veraz y completa de su situación financiera, puede afirmarse que los actores no habrían celebrado el contrato”, apunta la sentencia.
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