Papeletas elecciones
La Junta Electoral Central ha acordado ampliar dos días el plazo del voto rogado. Esto supone que serán aceptados los votos que se metan en urna en consulados y oficinas exteriores, así como los recibidos por correo hasta el mismo 10-N. En concreto, hasta el cierre de los colegios electorales en España.
Así se recoge en su acuerdo, del que da cuenta EFE, por el que la JEC traslada a los centros de votación en el exterior con urnas habilitadas que deberán abrir el sábado y el domingo “a efectos de recibir tanto los votos por correo remitidos hasta ese momento, como aquellos otros que puedan presentar los electores dentro de este plazo extraordinario”.
El plazo para el voto rogado finalizaba, antes de esta decisión, el 8 de noviembre. “Dicha apertura no podrá extenderse más allá de la hora prevista para el cierre de los colegios electorales en la península, esto es, a las 20 horas del domingo 10 de noviembre”, remarca la Junta Electoral.
Además, continúa la mencionada agencia, llama a los consulados y oficinas en el exterior a “utilizar todos los medios de los que dispongan”, una vez termine la jornada electoral, para remitir los sobres de votación “por el procedimiento más rápido posible al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación”.
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