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Adiós a la exención fiscal a la Iglesia del impuesto municipal sobre construcciones y obras

En concreto, se deroga la Orden del Ministerio de Hacienda de 5 de junio de 2001, por la que se aclara la inclusión del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras en la letra B) del apartado 1 del artículo IV del Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede sobre Asuntos Económicos, de 3 de enero de 1979. La orden entra en vigor este sábado.

El Acuerdo entre España y el Vaticano sobre Asuntos Económicos de 1979 reconoce la exención total y permanente de los impuestos reales o de producto, sobre la renta y sobre el patrimonio. Cuando se firmó el citado acuerdo no existía el ICIO, que fue creado por la Ley reguladora de las Haciendas Locales de 1988.

El Tribunal Supremo, en sentencias de 19 y 31 de marzo de 2001 y 3 de octubre de 2003, estableció que esta exención era de aplicación a dicho impuesto local, dado el carácter real del mismo, y, en consecuencia, así se reguló en la Orden del Ministerio de Hacienda de 5 de junio de 2001, por la que se aclara la inclusión del ICIO en el Acuerdo con la Santa Sede, según Europa Press.

Posteriormente, la sentencia del 27 de junio de 2017 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea vino a delimitar el alcance y establecer los requisitos para la aplicación de dicha exención en el marco del Derecho comunitario.

Finalmente, el pasado 29 de marzo de 2023, el Gobierno y la Conferencia Episcopal Española (CEE) firmaron un acuerdo por el que la Iglesia católica española renunciaba a las exenciones en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras y en las Contribuciones Especiales. El acuerdo se hizo efectivo con un canje de notas entre el Gobierno y la Nunciatura Apostólica, que tuvo lugar en el Palacio de Santa Cruz, sede del Ministerio de Exteriores.

Equiparar el régimen fiscal

Según precisaron los firmantes del acuerdo, este se desarrolló en “la voluntad compartida entre el Gobierno de España y la Conferencia Episcopal Española de equiparar el régimen fiscal de la Iglesia católica con las entidades sin ánimo de lucro, conforme al principio de no privilegio y no discriminación”.

Tal y como ya avanzó el secretario de Estado de Hacienda, Jesús Gascón, este jueves, la orden ministerial que se publica este viernes en el BOE implicará que la Iglesia recibirá en este impuesto “el mismo tratamiento” que cualquier institución sin fines de lucro.

Además, explicó que la orden ministerial convertirá el acuerdo alcanzado con la Conferencia Episcopal “en derecho positivo” y dará certeza jurídica a los municipios y a los órganos gestores de este impuesto.

16 millones de euros para ayuntamientos y entidades locales

Por medio de este acuerdo, la Iglesia católica española dejará de ahorrar más de 16 millones de euros tras renunciar a esta exención del ICIO, tal y como indicó el ministro de Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, Félix Bolaños, el pasado mes de marzo tras el canje de notas.

“Este acuerdo supone que los ayuntamientos, que son los encargados de recaudar estos impuestos tanto el de licencia de obra como las contribuciones especiales, recaudarán más de 16 millones de euros al año; serán ingresos que tendrán los ayuntamientos y entidades locales”, explicó entonces.

Bolaños enfatizó que con este acuerdo, resultado de “un año de negociación intensa y discreta”, se “terminan los privilegios fiscales de la Iglesia católica española”.

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E.B.

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