La Audiencia Nacional admite una querella por la venta de las plantas de Alcoa

Justicia

La Audiencia Nacional admite una querella por la venta de las plantas de Alcoa

María Tardón ha admitido la querella presentada por la venta de las plantas de Avilés y A Coruña.

Trabajadores de Alcoa caminan por la calle con una pancarta en la que se lee 'Sen Industria Non Hay Futuro', durante una nueva manifestación en Foz, Lugo, Galicia

La juez de la Audiencia Nacional, María Tardón, ha admitido una querella presentada por la Confederación de Cuadros Profesionales contra un total de 10 personas físicas y nueve jurídicas en relación con el proceso de venta de las plantas de la empresa Alcoa en Avilés y A Coruña.

Se presenta una querella por hechos considerados por la entidad sindical como “constitutivos de los delitos de estafa agravada, insolvencia punible, apropiación indebida, contra la seguridad de los trabajadores y pertenencia a grupo criminal”.

Dicha querella se dirige contra Víctor Rubén Domenech y las sociedades Alcoa Inespal SLU, Alu Ibérica LC SL, Alu Ibérica AVL SL o Parter Capital Group, entre otros.

La magistrada oficia en el auto de admisión a la UDEF para que realice una investigación integral respecto de las personas físicas y jurídicas contra las que se dirige una querella para el esclarecimiento de los hechos y de forma previa a resolver sobre las diligencias pedidas por los querellantes.

La juez pide a la UDEF que le informe sobre la titularidad real de las dos factorías ALU Ibérica LC SL y ALU Ibérica AVL SL, sus socios, órganos de administración y representación, capital social, situación financiera y cuantos elementos puedan resultar relevantes para determinar su posible solvencia, «teniendo en cuenta la ausencia de claridad y concreción que se advierte en dicha querella».

Dicha querella refiere que Alcoa Inespal, compañía estadounidense, “se dedicaba a la producción de aluminio y aglutinaba en sus dos centros de A Coruña y Avilés a 688 trabajadores”.

Afirma que “la referida mercantil engañó a los sindicatos representantes de los trabajadores en el marco de la negociación de la extinción colectiva de la relación laboral, iniciado el 17 de octubre de 2018, elidiendo de esta forma el abono de sus responsabilidades empresariales con los trabajadores, abocando a la insolvencia de las unidades productivas, para su transmisión lucrativa a terceros».

Además, relata todo el proceso de venta y concluye que, en definitiva, con sus actuaciones «los querellados han llevado a que la titularidad de las dos factorías termine en manos de empresas pantalla sin capacidad ni para llevar a cabo el Plan de Negocios, ni el del pago de los salarios de los trabajadores, ni el de la inversión, con lo que se frustra el objetivo final de la negociación, la salvaguardia de los puestos de trabajo».

A su vez, añade que con ello “se habría llevado al incumplimiento de las cláusulas de contratación, lo que determinaría la liberación de Alcoa de la obligación de invertir (en el acuerdo asumía un desembolso de 95 millones de dólares pagaderos en 21 meses desde la venta, para el mantenimiento de la plantilla costa salarial aproximado 42.5 millones de dólares anuales)”.

Así, lo primero que hace Alcoa, es “bloquear la inversión de los 40 millones de dólares, consignándolo notarialmente, lo que frenó las inversiones y el pago de los salarios, pagos de seguridad social y las aportaciones a planes de pensiones de los trabajadores que seguían unidos a la empresa”, explica la magistrada.

Finalmente, se añade que los trabajadores de las plantas carecen de trabajo efectivo y tampoco se ha impartido la formación a la que se habían comprometido.

En su auto, la juez recuerda que el pasado día 17 de septiembre la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el procedimiento sobre Despido Colectivo afectante a la factoría de Alcoa de San Ciprián, “se dictó sentencia declarando su nulidad y condenando a la mercantil a la reincorporación de los trabajadores afectados (524) a su puesto de trabajo, al entender que la empresa actuó con mala fe en las negociaciones, y que el fin único que la guiaba era el de apagar las cubas electrolíticas para cerrar la fábrica de la manera más rentable posible”.

Por último, la magistrada de la Audiencia Nacional señala que los diálogos de Alcoa con una empresa para vender la planta «permiten sospechar de la existencia de una decisión estratégica», y que la misma entró en la negociación «con posiciones predeterminadas y un claro obstáculo de no llegar a un acuerdo final», aseguran.

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