Banco de España delega en su dirección de servicios competencias en contratación durante el estado de alarma

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Banco de España delega en su dirección de servicios competencias en contratación durante el estado de alarma

Así se desprende de una resolución de la Comisión Ejecutiva del Banco de España publicada este martes en el BOE.

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El Banco de España ha adoptado determinadas delegaciones de funciones en materia de contratación para su ejercicio en el ámbito de la Dirección General de Servicios del organismo con el fin de asegurar que la tramitación de los procedimientos y actuaciones previstos en la declaración de estado de alarma y en el real decreto-ley de medidas urgentes ante el Covid-19 pueda realizarse con la urgencia que requiere la actual situación sin afectar a la seguridad jurídica.

Así se desprende de una resolución de la Comisión Ejecutiva del Banco de España, publicada este martes en el Boletín Oficial del Estado (BOE), sobre delegación de competencias en materia de contratación, tras la aprobación el pasado 14 de marzo de la declaración del estado de alarma y el 17 de marzo del real decreto-ley de medidas urgentes para hacer frente al impacto económico del Covid-19.

En dicha normativa se establecen una serie de medidas que impactan directamente en la tramitación de las licitaciones del Banco de España y en sus contratos vigentes, explica el organismo en la resolución, por lo que procede a la adopción de determinadas delegaciones en materia de contratación, para su ejercicio en el ámbito de la Dirección General de Servicios.

Según explica, el objetivo es «asegurar que la tramitación de los procedimientos y actuaciones previstos en dicha normativa pueda realizarse con la urgencia que requiere la actual situación, sin afectar a la seguridad jurídica».

De esta forma, se delega, indistintamente, en el director general de Servicios, en la directora del Departamento de Adquisiciones y Servicios Generales y en el jefe de la División de Contratación y Compras la adopción de todas las decisiones en relación con los contratos o procedimientos de contratación del Banco de España en los que la comisión ejecutiva tenga la condición de órgano de contratación.

Se delegan aquellas decisiones que vengan determinadas por el real decreto de declaración del estado de alarma, por el real decreto-ley de medidas urgentes o por la normativa posterior que los sustituya, modifique o complemente, así como por cualesquiera otras normas o medidas adoptadas por el Estado, las comunidades autónomas o la administración local para combatir el Covid-19.

El director general de Servicios dará cuenta a la comisión ejecutiva, mensualmente, del ejercicio de las anteriores delegaciones, siempre que la especial situación de emergencia de salud pública ocasionada por el Covid-19 lo permita.

Por último, este régimen de delegaciones de competencias, en vigor desde este martes, tiene carácter permanente, en tanto sigan en vigor el real decreto de declaración de estado de alarma y su normativa de desarrollo.

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