La AN pide desclasificar el Plan de Rehabilitación para descontaminar Palomares

Justicia

La AN pide desclasificar el Plan de Rehabilitación para descontaminar Palomares

La Audiencia reclama al Gobierno que desclasifique el Plan de Rehabilitación para el área contaminada con plutonio en Palomares, aprobado en 2010.

Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional ha reclamado al Gobierno que desclasifique el Plan de Rehabilitación para el área contaminada con plutonio en Palomares, en Cuevas del Almanzora (Almería), aprobado en 2010, para poder decidir si ordena o no al Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) fijar plazo para la ejecución de la limpieza de las más de 40 hectáreas bajo vigilancia radiológica.

El auto, al que ha tenido acceso Europa Press, insta al Consejo de Ministros a remitir a la sala “todas las indicaciones que sean procedentes” en relación al mantenimiento de la “confidencialidad” de su contenido y pide que precise “el tiempo estimado” para finalizar el informe.

Asimismo, la Audiencia Nacional, para poder resolver sobre el recurso contencioso-administrativo impulsado por Ecologistas en Acción, le pide al Gobierno que “aporte cuanta documentación” se haya elaborado sobre la situación en la zona desde el 5 de mayo de 2010, fecha en que se aprobó el Plan de Rehabilitación.

El colectivo conservacionista llevó a la vía judicial una resolución del CSN de enero de 2017 en el que rechazaba proceder a la clausura de la instalación nuclear y el área contaminada de Palomares “con fijación de plazo para llevar a efecto, y a la espera de encontrarles almacenamiento definitivo, el almacenamiento temporal de la tierra resultante del tratamiento de los 50.000 metros cúbicos de tierra contaminada” previstos en el citado plan de rehabilitación.

La Audiencia señala que, en dicha resolución recurrida, el regulador atómico “reconoce que se ha valorado la posibilidad de diversas soluciones en relación a la liberación de partículas ionizantes en los alrededores del pueblo de Palomares en 1966” y considera, por tanto, que “es necesario conocer los planes que se hayan elaborado”.

El auto, que cuenta con un voto particular, precisa la necesidad de conocer “en particular el Plan de Rehabilitación de Palomares aprobado por el CSN con fecha 5 de mayo de 2010 con objeto de poder examinar su contenido y disponer de elementos de juicio que pudieran ser relevantes para la resolución del litigio”.

La sala indica, asimismo, que esta decisión “no se ve alterada” por el hecho de que, en el marco del mismo procedimiento, se dictara un auto que rechazaba la práctica de determinada prueba pedida por Ecologistas en Acción por gozar de la categoría de secreto oficial y remarca que, en este caso, sí se “aconseja” contar con esta información.

Al solicitar no solo el Plan de Rehabilitación sino también que aporte cuanta documentación se haya elaborado después, la Audiencia Nacional también estaría reclamando el informe que el CSN aprobó en julio de 2015 sobre la limpieza de los terrenos contaminados y que, según Ecologistas en Acción, modifica los criterios radiológicos de mayo de 2010.

En el documento cuestionado por el colectivo, el regulador atómico admite que se ha rebajado el volumen de tierra contaminada con radioactividad en Palomares que debe ser retirada en virtud de la declaración de intenciones firmada entre España y EEUU si bien no precisa en cuanto con respecto al plan de rehabilitación aprobado en 2010 y que preveía la limpieza de 50.000 metros cúbicos de suelo.

Esta modificación se produjo a raíz del pleno de 22 de julio de 2015 del CSN en el que se aprobó un informe relativo a los criterios radiológicos aplicables para la restauración de los terrenos afectados por el accidente que se registró en 1966 tras la colisión en el aire de dos bombarderos estadounidenses y la caída de cuatro bombas termonucleares.

En su día, el CSN aportó un documento que no era copia certificada del informe aprobado en el citado pleno de julio de 2015 y se acogía para negar el informe completo a la normativa sobre secretos oficiales que se aplica a “todo el proceso relativo a Palomares” desde acuerdo de Consejo de Ministros de 15 de octubre de 2010.

En tanto la Audiencia Nacional resuelve, la Comisión Europea ha dado plazo a España hasta finales de 2021 para que informe de los “progresos” alcanzados respecto al plan de limpieza “definitivo” y ha solicitado que completen la “recomendación” que ya formuló en 2010 para dar cumplimiento al artículo 35 de Tratado Euratom para “eliminar” el suelo contaminado para su “depósito de forma segura” en un almacenamiento “a largo plazo”.

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