El Gobierno iguala la protección de seguros y fondos de pensiones a la normativa europea

Consejo de Ministros

El Gobierno iguala la protección de seguros y fondos de pensiones a la normativa europea

El Gobierno transpone fuera de plazo las directivas europeas sobre la distribución de seguros y sobre las actividades y la supervisión de los fondos de pensiones.

La ministra de Hacienda y Portavoz del Gobierno, María Jesús Montero

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que transpone las directivas europeas sobre la distribución de seguros y sobre las actividades y la supervisión de los fondos de pensiones. La transposición, que llega fuera del plazo dado por Bruselas, “mejora la protección de los usuarios de seguros y de los partícipes de los fondos de pensiones”, según ha destacado el Ministerio de Economía.

En concreto, la transposición de la Directiva de distribución de Seguros refuerza la protección de los asegurados incluyendo obligaciones de transparencia y conducta para los distribuidores. El cliente deberá ser informado de todos los costes, gastos y riesgos que asume en los productos de inversión basados en seguros y se establece la obligación de proporcionar una evaluación periódica de la idoneidad del producto de inversión. También se endurecen las sanciones por incumplimiento de las obligaciones de información.

Además, se regulan en el ámbito asegurador las prácticas de ventas combinadas y vinculadas. Cuando un contrato de seguro forme parte de un paquete en que se ofrezcan otros servicios o productos, el distribuidor de seguros informará al cliente de si los distintos componentes pueden adquirirse separadamente y ofrecerá una descripción adecuada de los diferentes productos y de sus costes. Antes de la contratación de los productos, el distribuidor informará al usuario de manera expresa y comprensible de los efectos que la no contratación o la cancelación anticipada del seguro o de cualquiera de los productos vinculados causaría sobre el coste conjunto del seguro y el resto de los productos.

La nueva normativa se aplica a todos los distribuidores de seguros, incluyendo a todas las entidades de seguros y sus empleados que distribuyen seguros directamente, a más de 3.300 corredores de seguros y 72.000 agentes de seguros sujetos a la supervisión de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y a los 1.740 corredores de seguros sujetos a la supervisión de las Comunidades Autónomas.

El RDL transpone también la Directiva europea que regula las actividades y supervisión de los Fondos de Pensiones de Empleo, que son aquellos en los que los promotores son empresas y los partícipes sus trabajadores. Estos fondos de pensiones de empleo articulan los compromisos por pensiones para la jubilación que las empresas tienen con sus trabajadores en virtud de los acuerdos colectivos en esta materia.

La norma incorpora novedades dirigidas a mejorar los sistemas de gobierno, información, supervisión y transparencia de los fondos de pensiones. Se incluyen también medidas encaminadas a impulsar la competitividad y la creación de un mercado único, mediante la regulación de la actividad y las transferencias transfronterizas de fondos.

Por otra parte, se mejora y especifica la información que deben recibir los partícipes y beneficiarios, antes y después de su incorporación a un fondo de pensiones de empleo. Este aspecto se desarrollará reglamentariamente.

Se articulan también los aspectos relacionados con la supervisión prudencial, en especial los relativos a la transparencia, los procedimientos de inspección, el deber de secreto profesional y el intercambio de información.

Con el objetivo de crear un mercado interior de previsión social de empleo en la Unión Europea se regula el procedimiento de la actividad y transferencias transfronterizas de los fondos de pensiones. Con este fin se mejora el procedimiento de comunicación para la integración en un mismo fondo de pensiones de planes de pensiones de empleo de diferentes estados de la Unión Europea. Además, como novedad, se regulan las transferencias transfronterizas, que permitirán la movilización de un plan de pensiones entre distintos fondos de pensiones domiciliados en diferentes países.

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