Españoles sin voto por el mundo: expatriados se quedarán sin votar por decimosexta vez

Voto rogado

Españoles sin voto por el mundo: expatriados se quedarán sin votar por decimosexta vez

El voto rogado volverá a convertir las elecciones del 10-N en un laberinto burocrático para los emigrados.

Urna electoral Elecciones en Cataluña

Hubo un tiempo en el que un tercio de los españoles que vivía en el extranjero conseguía participar en las elecciones generales. Sin embargo, aquello cambió con la instauración del voto rogado en 2011. De un 31% de participación en las elecciones de 2008 se pasó a un 4,9% en las de 2011 y un 5,74% en las de abril de este año.

Desde entonces hasta hoy, quince elecciones – sumando europeas, autonómicas, municipales y generales – que se han saldado con una participación ridícula para la cantidad de españoles que vive en el extranjero, sobre todo desde el estallido de la crisis. Más de dos millones de personas con nacionalidad española viven actualmente fuera del país.

Personas que volverán a tener que sortear un laberinto burocrático para aspirar, ni siquiera tener la garantía, a poder votar. El presidente del Gobierno en funciones, Pedro Sánchez, aseguró el pasado año que impulsaría una reforma electoral para que los emigrados pudieran votar con mayor facilidad y seguridad.

A juicio del colectivo de migrantes Marea Granate, la Ley Electoral actual “está vulnerando el derecho fundamental de voto de la ciudadanía exterior”.

De hecho, presentó hace unos días un escrito a la Oficina de Instituciones Democráticas y Derechos Humanos de la OSCE (OIDDH), el organismo internacional de vigilancia de los procesos democráticos, denunciando la situación de desamparo electoral en el que viven los expatriados.

Según la información que maneja este colectivo, la baja participación electoral desde el extranjero se debe a tres factores claves: la desmotivación del electorado, los plazos exiguos y las dificultades para la inscripción consular.

Casi un 50% de las personas que respondió a la encuesta que realizaron afirmó que estaba interesado en el proceso electoral, pero que optó por no rogar el voto por estar desmotivado ante las dificultades y falta de garantías del sistema.

Otro dato relevante de esta encuesta es que el 33% de quienes rogaron el voto no recibieron las papeletas a tiempo, hecho que explica la diferencia existente entre los ruegos tramitados (182.545) y los 116.921 votos exteriores que finalmente se emitieron.

“Un tercio de los residentes en el extranjero que no participaron en las pasadas elecciones generales no se abstuvieron por decisión propia o desmotivación, sino por no recibir las papeletas a tiempo”, informa la Marea Granate.

Según la encuesta, las papeletas tardaron una media de entre 39 y 45 días en llegar a Europa, entre 49 y 53 días en llegar a América y entre 49 y 54 días al resto de continentes. El hecho de que los plazos de esta nueva convocatoria electoral se hayan reducido no hará más que dificultar (aún más) la participación.

Otra de las dificultades a las que se enfrentan los emigrados es la de inscribirse en el consulado que les corresponde, por la inaccesibilidad de estos, ya sea por la distancia a la que se encuentran o por su horario de apertura, incompatible con la jornada laboral.

¿Qué es el voto rogado?

Es una modalidad de sufragio que obliga a los electores en el exterior a solicitar previamente el voto en cada elección.

Desde 2011, la participación en las elecciones de los españoles que residen fuera de España es tendente a cero. El motivo, la reforma electoral de 2011 por la que, para evitar fraudes, se puso como requisito para participar un sistema por el que el ciudadano tenía que solicitar votar.

Largas colas, falta de consulados en el entorno de residencia o retraso en el envío de papeletas (varias personas las han recibido días después de las elecciones) son algunos de los obstáculos más recurrentes a los que se enfrentan los electores.

Tal y como destaca la web especializada España Exterior, “quienes no hubiesen solicitado el voto en las anteriores elecciones generales deberán hacerlo no más tarde del 19 de octubre”.

“Esta solicitud podrá realizarse a través de la página web de la Oficina del Censo Electoral (OCE) o mediante el envío del impreso oficial de solicitud vía fax o correo postal a la correspondiente delegación provincial de la OCE. La OCE enviará de oficio el impreso de solicitud a los inscritos en el CERA (Censo Electoral de Residentes Ausentes) que no hubiesen solicitado el voto en los anteriores comicios generales.

Más información